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La Suprema Corte analiza el caso de una sargento acusada de abuso sexual

Los ministros comenzaron a debatir si el caso de la sargento debe ser procesado por un juez civil y si se debe reponer todo el juicio
lun 27 agosto 2012 02:24 PM

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciaron este lunes la discusión sobre la revisión de un amparo otorgado a una sargento que presuntamente cometió abuso sexual y corrupción de menores, y que fue sentenciada por un tribunal militar.

El pleno del máximo tribunal de justicia comenzó por debatir, entre otros temas, si el proceso judicial realizado por el tribunal militar debe ser repuesto de origen o si se deben respetar los autos de formal prisión que habían sido dictados el año pasado.

Silvia Hernández Tamariz fue acusada en diciembre de 2010 de abuso sexual y corrupción de menores, cuando estaba a cargo de un Centro de Desarrollo Infantil con sede en el Distrito Federal.

Hernández Tamariz era educadora en este centro y fue acusada por una mayor del Ejército, cuyos hijos fueron supuestamente víctimas de abuso sexual al interior de las instalaciones del jardín de niños.

La sargento fue detenida en enero del 2011 y su caso fue llevado por un juzgado militar. Después de que se dictara la sentencia, ella y su defensa promovieron un amparo al argumentar que la Procuraduría General de Justicia Militar la procesó de manera ilegal pues, de acuerdo con el artículo 13 constitucional, todo delito cometido por militares que involucre a civiles debe llevarse en cortes civiles.

Asimismo,  buscaba la reposición del proceso, con el argumento de que —desde su punto de vista— el suyo se llevó a cabo con irregularidades. 

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El 29 de diciembre del 2011, un juez civil con sede en el DF le otorgó un amparo a Hernández  Tamariz, pero únicamente se pronunció sobre los alcances del fuero militar. El juez se negó a solicitar la reposición del proceso, como buscaba la sargento.

Este es el  segundo amparo que revisa la SCJN  como parte de un paquete de 28 amparos que revisará, relacionados con los límites del fuero militar. Además, resolvieron también dos casos de conflictos competenciales entre juzgados civiles y militares.

Los debates han resultado en un acotamiento del fuero militar. De acuerdo con las últimas resoluciones de la Corte, los jueces civiles deben ser los encargados de tratar  cualquier caso en el que miembros de las Fuerzas Armadas hayan cometido delitos relacionados con civiles .

El mismo criterio aplica si un militar comete un delito que no se relacione con la disciplina militar.

La semana pasada resolvieron que el  inciso A, fracción II del artículo 57 del Código de Justicia Militar es inconstitucional , porque contradice al artículo 13 constitucional que señala: “cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda”.

Los ministros no alcanzaron a concluir el debate sobre este caso, por lo que continuarán con la discusión este martes. 

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