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La Corte respalda que las declaraciones patrimoniales son confidenciales

Ocho de los 11 ministros desecharon el amparo interpuesto por un ciudadano que pedía que los funcionarios revelaran el patrimonio que poseen
jue 20 junio 2013 03:10 PM

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó este jueves que las declaraciones patrimoniales de los funcionarios públicos en México son confidenciales, a menos que estos autoricen de manera expresa su publicidad.

El pasado martes la Corte inició la discusión del proyecto del ministro José Ramón Cossío, el cual proponía hacer más transparentes las declaraciones patrimoniales de los servidores a través de versiones públicas a las que tuvieran acceso los ciudadanos.

Ocho de los 11 ministros que integran el pleno de la Corte votaron en contra del proyecto, con lo que la SCJN cierra la posibilidad de que los ciudadanos conozcan la situación patrimonial de los servidores públicos.

En México, todos los funcionarios deben rendir anualmente una declaración patrimonial ante la Secretaría de la Función Púbica, cuyos datos y especificaciones sólo se publican si así lo autoriza el servidor público.

En 2011, la organización CIVIL Fundar denunció que el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, “establece una regla discrecional para la entrega” de las declaraciones patrimoniales de los funcionarios.

La ONG apuntó que la Corte tenía “la oportunidad de pronunciarse sobre los límites a la vida privada de servidores públicos”, toda vez que —desde su perspectiva— debía privilegiarse el interés colectivo y el derecho ciudadano de acceso a la información.

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Los ministros de la Corte analizaron esta posible inconstitucionalidad pero concluyeron que el artículo no es inconstitucional, sino que, por el contrario, establece un equilibro armónico con la Constitución, ya que el acceso a la información pública es un derecho que no es absoluto, sino que admite excepciones.

Según el proyecto desechado por la Corte, este caso inició en 2011, cuando Guillermo Ávila Reséndiz, colaborador de Fundar pidió las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales de los 500 legisladores de la Cámara de Diputados.

La información le fue negada con base en el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que establece que las declaraciones patrimoniales de los servidores sólo se hacen públicas si el funcionario está de acuerdo.

Ante ello, el solicitante consideró que esa norma era inconstitucional, al presuntamente violar su derecho a la información pública, incluido en el artículo sexto de la Constitución, por lo que recurrió al Juicio de Amparo desechado este jueves por la Corte.

De acuerdo con las normas que rigen los procedimientos de la SCJN, al desecharse un proyecto éste es turnado a otro ministro, quien elaborará la sentencia según el voto de la mayoría.

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