Puebla retira el argumento de adulterio como atenuante de feminicidios
Puebla dejó de considerar que "el estado de ira" que puede causar el descubrir una infidelidad como una atenuante en el caso de homicidio de una cónyuge.
El congreso del estado aprobó este jueves por unanimidad la derogación del artículo 338 del Código Penal que permitió durante los últimos 150 años la reducción de la pena de prisión al hombre que lograba comprobar que había asesinado a su cónyuge tras encontrarla en un acto de adulterio.
El hecho que en la entidad poblana, en el centro de México, haya quedado derogado este argumento legal —considerado “vergonzosa” por los legisladores— es calificado por la penalista de la UNAM, Perla Gómez Gallardo como “histórico”.
“ Matar a la mujer por caso de adulterio es una tradición prehispánica . Viene desde el Derecho Romano Primitivo cuando la infidelidad de las mujeres no estaba penalizada. Puebla, puede ser un ejemplo para que se trabaje en la materia en los estados que faltan”, dijo a CNNMéxico.
Aunque ella defiende el que persista en las leyes mexicanas el asesinato en “estado de emoción violenta” en ciertos casos, dijo que en lo relacionado con género “las leyes deben de ser equitativas”, porque “siempre hacia la mujer se han dado exclusiones. En el caso del homicidio por adulterio, lo correcto es: o aplica para los dos o se deroga”.
En Morelos, como en otros estados , es una atenuante el "estado de emoción violenta" para todos los casos de homicidio, no sólo de un cónyuge "cuando en virtud de las circunstancias en que ocurre el delito y de las propias del agente, se halla considerablemente reducida la culpabilidad de éste", dice su Código Penal en el artículo 130.
El especialista en dercho penal de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), Lucio Ramírez, antes de hacer reformas como en este caso hay que realizar consultas ciudadanas.
Justifica que un hombre actúe violentamente en una situación de infidelidad. “En la mayoría de los casos, la persona no va con la idea de matar a su pareja; pero, al encontrarse con la sorpresa ¿Qué haces? La muerte puede ser accidental en ese momento”.
En el caso de Puebla, el apartado derogado establecía "sanción de ocho días a seis años de prisión al que en estado de emoción violenta prive a otro de la vida o lo lesione (…) exclusivamente al que sorprenda a su cónyuge en el acto carnal con otra persona o en un estado cercano a este".
A nombre de la bancada panista, el diputado Mario Riestra Piña aplaudió la aprobación de esta iniciativa, que fue presentada hace dos años por su partido y luego fue retomada por el priista Gerardo Mejía.
Ahora, el hombre que enfrente un caso de homicidio en el que hay una relación de pareja será juzgado por el delito de feminicidio que en noviembre de 2012 —también a propuesta del diputado Mejía— quedó tipificado como grave y que establece penas de 30 a 50 años de prisión.
Antes de ser reconocido como grave, el juez emitía sanciones a criterio tomando en cuenta el delito de “homicidio doloso de mujeres”.
“Homicidios en razón de honor”
Hasta en 2010, en al menos 14 códigos penales en el país persistía el argumento que se vio afectado el “honor” del hombre cuando la mujer lo engañaba, según una investigación presentada en 2011 por el departamento de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres).
Desde entonces se han sumado entidades que han derogado de sus códigos esa atenuante, entre los casos recientes está Baja California Sur (junio 2013), Tamaulipas (diciembre 2010), Quintana Roo (noviembre 2010) y ahora Puebla.
Se han hecho intentos de quitar esa justificación en esta entidad del sureste mexicano. En marzo de 2012, la diputada panista Patricia Verónica Acosta presentó una propuesta de derogación del artículo, justificando que “un acto denostable como el adulterio no da ningún derecho al cónyuge agraviado a privar de la vida a su pareja”, sin tener éxito, según medios locales. CNNMéxico buscó contactar a la legisladora sin obtener respuesta inmediata.
La activista Rita Yáñez de la Asociación Mexicana de Mujeres Organizadas en Morelos coincide con la legisladora, y agrega que es “aberrante” que en pleno siglo XXI se establezcan mayores derechos a hombres que a mujeres.
Para la especialista de la UNAM, “el engaño, la infidelidad es parte de la vida humana”, y “por muy infiel que seas, eso no le da derecho a nadie a quitarte la vida. Para eso está el divorcio”.
Puebla, una capital violenta
Puebla capital se ubicó en el lugar 17 de 2, 500 municipios a nivel nacional en el número de feminicidios cometidos durante 2010, de acuerdo con un reporte elaborado por la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y Empoderamiento de las Mujeres en ese año.
El reporte señala que en los últimos 25 años han sido víctimas de homicidio 62 mujeres por año en promedio en el estado de Puebla, siendo la capital, la ciudad en donde se concentran más casos.
En respuesta a una solicitud de información que realizó un reportero local a la Procuraduría General de Justicia (PGJ) en abril del año pasado, la dependencia informó que de 2009 a 2011 se registraron 200 homicidios contra mujeres. La mayoría ocurrió en el hogar.
Galilea Cariño, integrante del Observatorio de Violencia y de Género (OVSG) de la Universidad Iberoamérica, campus Puebla señaló que la “impunidad que prevalece en el sistema de justicia, en especial en el caso de asesinatos de mujeres es una de las principales razones por el que el delito ha aumentado”, hecho que calificó “preocupante”.
Según información que ha recopilado, cinco de cada 10 homicidios de mujeres se registra en los domicilios de las víctimas. Dijo confiar que con esta derogación, la tasa de homicidios baje.