No habrá 'encargado de despacho' durante operación de Peña Nieto
El presidente Enrique Peña Nieto se someterá este miércoles a una intervención quirúrgica para retirarle un nódulo tiroideo, la cual será tan breve que consideró innecesario delegar funciones mientras se encuentre en el quirófano.
El miércoles de la semana pasada, la presidencia informó mediante un comunicado que Peña Nieto será intervenido en el Hospital Central Militar donde le retirarán un nódulo tiroideo benigno.
Un día después, el propio Peña Nieto descartó que vaya a delegar funciones, y aseguró que en todo caso el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, "estará muy pendiente" de lo que ocurra en el país durante los minutos que durará la intervención.
En marzo de 2003, el entonces presidente Vicente Fox (2000-2006) fue operado de una hernia discal, y durante su intervención delegó funciones al secretario de Gobernación, Santiago Creel, y al secretario de Relaciones Exteriores, Luis Ernesto Derbez,
Creel estuvo encargado por unas horas de la mañana del 12 de marzo de ese año de la agenda nacional, mientras que Derbez estuvo encargado de continuar con las negociaciones diplomáticas en el Consejo de Seguridad de la ONU —del cual México era miembro no permanente—, que discutía la inminente invasión estadounidense a Iraq.
En el caso de Peña Nieto, el mandatario afirmó que su operación lo mantendrá anestesiado solo por "un ratito", por lo que no es necesario seguir con lo establecido en el artículo 84 de la Constitución.
"Es como si hubiera un encargado en las noches que voy a dormir, ahí lo veremos, ahí vamos a estar, pero obviamente el secretario de Gobernación estará muy pendiente", declaró Peña Nieto el jueves pasado a reporteros a bordo del avión presidencial, aludiendo a Miguel Ángel Osorio Chong, según reportó la agencia AFP.
"Es un sueño muy rápido, un ratito nada más", insistió el presidente, que también informó que el "pequeño quistecito" que le fue detectado en la tiroides hace siete años "no es un tema de gravedad ni nada".
La Constitución Política establece en el artículo 84 que en caso de una "falta absoluta" del presidente, el secretario de Gobernación asumiría las funciones del Ejecutivo mientras el Congreso nombra a un presidente interino o sustituto, aunque el mismo texto no especifica si una "falta absoluta" también aplica a intervenciones quirúrgicas.
En otros países, como en Estados Unidos y Venezuela, sus cartas magnas también establecen el procedimiento a seguir si el mandatario está imposibilitado de ejercer sus funciones por cuestiones de salud.
En el caso de Estados Unidos, cuando el presidente es intervenido quirúrgicamente y requiere ser anestesiado, el mandatario invoca a la enmienda 25, y se declara, a través de una carta enviada al presidente del Congreso, incapacitado para ejercer funciones por el tiempo que dure la operación, por lo que delega funciones al vicepresidente en turno, que toma los poderes presidenciales.
En el caso de Venezuela, la constitución establece que solo existe una "falta absoluta" cuando el presidente fallece o renuncia al cargo, pero el mandatario puede delegar funciones a otros miembros del gabinete si se está sometiendo a un tratamiento médico.
¿Debió delegar funciones?
Para el jurista Raúl Carrancá y Rivas, la intervención del presidente “no amerita una sustitución en virtud de que no se ha muerto, no ha desaparecido físicamente”.
El doctor en derecho afirmó que solo podría considerarse una “falta absoluta” si el presidente fallece, o si por un problema de salud grave queda absolutamente inhabilitado y entonces no puede asumir sus funciones.
“Es exactamente igual que cuando duerme. La única fórmula que tenemos es el artículo 84 que no tiene que ver con lo que va a suceder en las próximas horas”, insistió Carrancá y Rivas.
“No habrá vacío constitucional, es absurdo pensarlo”, agregó.
Sobre el caso de Fox en 2003, el jurista afirmó que el entonces mandatario incurrió en una exageración y delegó funciones cuando no estaba facultado.
“Él no puede delegar de ninguna manera las funciones en nadie, no está facultado. El único que está facultado es el Congreso, solo cuando exista falta absoluta del presidente”, agregó.
Por su parte, Héctor Moreno, investigador de la Escuela de Graduados en Administración Pública y Políticas Públicas del Tecnológico de Monterrey campus Estado de México, consideró que cualquier mandatario debería de solicitar una licencia temporal mientras se encuentre bajo un tratamiento médico.
“La Constitución señala de manera genérica los casos de licencias temporales”, afirmó y lo ideal hubiera sido que el presidente solicitara una “mientras tiene que estar, por el bien propio y por el bien de la nación, cuidando su salud”.
“Se solicita una licencia no por una temporalidad, si no por el tiempo que dure la intervención quirúrgica, los momentos fuertes de recuperación”, agregó.