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El Senado definirá a los siete comisionados de Atención a Víctimas

La conformación del organismo servirá para hacer operativa la ley y reparar el daño a los afectados por la violencia y sus familias
jue 05 septiembre 2013 01:29 PM

El envío de las ternas para integrar la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, es uno de los últimos pasos legales para que las víctimas del delito reciban la reparación del daño, asesoría jurídica y se conforme el registro nacional de víctimas.

Tras aprobación de la reforma a la Ley General de Víctimas y su respectiva publicación en mayo pasado, el Senado será el organismo encargado de analizar las siete ternas –con un total de 21 candidatos– enviadas por el gobierno federal para elegir a los siete integrantes que conformarán la Comisión.

Según el artículo 84 de la Ley de Víctimas, la Comisión Ejecutiva es el órgano operativo del Sistema Nacional de Atención a Víctimas que “tiene por objeto proponer y supervisar las directrices, servicios, planes y programas de atención y reparación integral de las víctimas”.

Para que las sesiones del Sistema Nacional sean válidas, se requiere de la participación de los siete integrantes de la Comisión, que deberá integrarse por cuatro comisionados especialistas en derecho, psicología, derechos humanos, sociología o especialidades equivalentes con experiencia en la materia de esta Ley, propuestos por universidades públicas.

Los tres comisionados restantes serán representantes de colectivos de víctimas, propuestos por organizaciones no gubernamentales o por organismos públicos de derechos humanos, que tengan un mínimo de cinco años acreditables en actividades en atención a víctimas.

La Comisión será presidida por un comisionado por un periodo de dos años, renovable por una ocasión, elegido por los comisionados, según consta en la ley.

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Otras tareas de la Comisión son garantizar el acceso efectivo de las víctimas a los derechos, garantías y mecanismos y servicios para la reparación del daño en todos los niveles de gobierno; también de ella dependerá vigilar el ejercicio del fondo para víctimas.

La Ley General de Víctimas establece la obligación del Estado de  brindar apoyo económico y protección a las víctimas de la violencia  y a sus familiares con una compensación de un monto máximo de 500 veces el salario mínimo mensual, es decir, un total de 971,400 pesos, de acuerdo con el salario mínimo vigente en 2013.

Para validar las sesiones del sistema también deben acudir el presidente de la República; el secretario de Gobernación; los presidentes de la Comisión de Justicia de ambas cámaras del Congreso; un integrante del Poder Legislativo de los estados y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; el presidente del Consejo de la Judicatura Federal; el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; un representante de organismos públicos de protección de los derechos humanos de los Estados y del Distrito Federal y un representante de las comisiones ejecutivas locales.

Las propuestas para conformar el organismo por parte de las universidades públicas, divididos en ternas, son: 1) Felipe Alcántara Espinosa, Adrián Franco Zevada y Julián Germán Molina Carrillo; 2) Eric García López, Susana Thalía Pedroza de la Llave y Ramiro Pérez Reynoso; 3) María Gabriela Delgado Ballesteros, Felipe de Jesús Rodríguez Domínguez y Sergio Jaime Rochín del Rincón; 4) Enrique Carpizo Aguilar, Fidel Roberto López Pérez y María Olga Noriega Sáenz.

Las ternas propuestas por organizaciones no gubernamentales y organismos públicos de derechos humanos son: 5) Silvano Joel Cantú Martínez, Julio Antonio Hernández Barros y José Arturo Melo Herrera; 6) Patricia Concepción Prado Hernández, Carlos Ríos Espinosa y Teresa Columba Ulloa Ziáurriz; 7) Miriam Esther Bolaños Herrera, Mari Carmen Ramírez Gorostiza y María del Rosario Torres Mata.

La atención a víctimas y su largo camino

En 2012, el expresidente Felipe Calderón se negó a promulgar la ley bajo el argumento de que necesitaba ser modificada por el Congreso porque no elevaba a rango constitucional la responsabilidad de los estados y los municipios para atender a las víctimas de la violencia y presentó una controversia constitucional.

Seis meses después, el presidente Enrique Peña Nieto la promulgó, tras ser esa una de  las primeras promesas que hizo al asumir el cargo el 1 de diciembre. Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación,  entró en vigor el 1 de febrero  de este año.

La Ley General de Víctimas fue  modificada en abril por el Congreso  para remendar los vacíos que había señalado el gobierno de Calderón en su impugnación.

Los legisladores establecieron los mecanismos para que la federación, los estados y municipios aporten el financiamiento conjunto del Sistema Nacional de Atención a Víctimas. También definieron nuevos procedimientos para el Registro Nacional de Víctimas, que  contabiliza a los afectados de la violencia .

Para que la ley pudiera operar, se creó el Sistema Nacional de Atención a Víctimas, la base troncal de la norma. El siguiente paso es la expedición del reglamento de la ley –que deberá expedirse dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigor– y la integración de la Comisión Ejecutiva.

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