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El Senado aprueba reforma a ley contra la trata que amplía tipificaciones

La reforma ahora incluye en la ley conceptos como pornografía, turismo sexual, matrimonio o embarazo forzado o servidumbre forzada
mié 12 febrero 2014 03:18 PM

El Senado mexicano aprobó este miércoles por unanimidad reformas a la ley en materia de combate a la trata de personas para añadir agravantes, nuevas conductas delictivas y sanciones más severas.

Las reformas quedaron aprobadas, en lo particular y en lo general, con 102 votos a favor y cero en contra. El dictamen será enviado a la Cámara de Diputados para su revisión. 

La reforma incluye "pautas específicas para prevenir el problema y evitar duplicidad en conceptos con otros ordenamientos, como la ley general de víctimas", dijo en tribuna la senadora Adriana Dávila de la Peña, presidenta de la comisión contra la trata de personas, al presentar el dictamen.

Según la senadora del Partido Acción Nacional (PAN), la reforma incluye "observaciones, inquietudes y demandas de las víctimas, afectados y ofendidos", que se reflejarán en "mejoras a la impartición de justicia".

Los senadores acordaron modificar el nombre de la ley que ahora será conocida como Ley General en Materia de Trata de Personas y cuyos cambios fueron aprobados por las comisiones unidas de Derechos Humanos; Contra la Trata de Personas y de Justicia este lunes.

La reforma ahora precisa la variedad de delitos que pueden ser considerados como trata de personas, como la explotación con fines pornográficos, el turismo sexual de menores de edad, el matrimonio forzado, el embarazo forzado, la servidumbre forzada, para extraer órganos y el reclutamiento forzado en un grupo armado.

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La nueva ley también incluye más obligaciones para la autoridad que asista a las víctimas, quienes ahora están obligadas a darles asistencia jurídica, de salud, de educación, empleo, reunirlas con sus familias y regresarlas de forma segura a su lugar de residencia.

La reforma a la ley agrega principios internacionales como la protección a la vida, a la dignidad humana, la libertad, la seguridad y los derechos de las víctimas, y establece que estas tienen derecho a la intimidad, lo que implica que puedan proteger su identidad, sus datos personales o cualquier información que pudiera volver a victimizarla.

Además, la reforma obliga a las 32 entidades a crear refugios, albergues o casas de transición para las víctimas de trata, en vez de solo “apoyar” su creación, como lo pedía la ley anterior.

En la reforma también se establece una sanción de hasta 10 años de cárcel para el matrimonio forzado o con engaños, que tenga como fin mantener en cautiverio a mujeres que son víctimas, a quien retenga a los hijos de las víctimas como una forma de obligarlas y mantenerlas en  redes de explotación sexual.

También se decretará la nulidad del registro civil de los hijos de las víctimas, cuando el padre sea el explotador o quien ejerce algún tipo de control con fines de trata y explotación.

La reforma aprobada incluye diversos tipos de sanciones entre los que destacan:

  • De 10 a 25 años de prisión y de 5,000 a 50,000 días de multa a quienes consigan, capten o enganchen, recluten, entreguen, oculten o recluten a personas con el fin de explotarlas.
  • De 15 a 30 años de prisión y de 1,000 a 30,000 días de multa a quienes exploten o se beneficien con prostitución ajena, pornografía, turismo sexual, o exhibición pública o privada de orden sexual.
  • De 10 a 15 años de prisión y de 1,000 a 30,000 días de multa a quien con engaños realice servicio sexual o un acto pornográfico.
  • De 5 a 15 años de prisión y de 1,000 a 30,000 días de multa a quienes elaboren, comercien, distribuyan, exhiban y oferten cualquier imagen u objeto de carácter sexual con origen en la explotación de una persona.
  • De 15 a 30 años de prisión y de 2,000 a 60,000 días de multa a quien publicite, gestione, facilite induzca a un menor de edad a realizar un acto sexual, y la misma pena a quien comercialice y difunda dicho material.
  • De 10 a 20 años de prisión y de 5,000 a 50,000 días de multa a quien explote a una persona para trabajo forzado o en un conflicto armado.

Las penas aumentarán en 50% cuando el inculpado tenga relación familiar o civil hasta el tercer grado o hasta el segundo grado por afinidad, habite en el mismo domicilio o haya tenido relación sentimental con la víctima.

Hasta este martes la ley marcaba una pena de 20 a 40 años de cárcel y de 2,000 a 20,000 días de multa para quienes cometan el delito de trata.

Avance insuficiente

La exdiputada y activista contra la trata de personas, Rosi Orozco, aseguró que la legislación aprobada mejora en aspectos como protección a la niñez. “Felicito a los senadores de las comisiones que verdaderamente hicieron muchísimo por evitar el retroceso y hacer cosas que son de avance”, aseguró en entrevista con CNNMéxico.

Sin embargo, informó que hay partes de la legislación que su organización Unidos contra la trata encuentra no convenientes.

"Nos preocupa que sean derogados el 19 y el 20 que vienen de la ley australiana y que son los artículos que nos permitían hacer muy fácil el acceso a la justicia para las víctimas porque si a alguien le dicen vas a ser edecán, llega y acaba en un prostíbulo, termina esto muy fácil esto en una sentencia y eso que lo hayan derogado no lo comprendemos", dijo Rosi Orozco en entrevista.

Actualmente, el artículo 19 señala "será sancionado con pena de 5 a 10 años de prisión y de 4,000 a 30,000 días de multa, el que contrate a una persona u oferte un trabajo distinto a los servicios sexuales y le induzca a realizarlos bajo el engaño".

Mientras que el 20 señala que se sancionará a quien contrate aún sea lícitamente a otra para la prestación de servicios sexuales.

Los legisladores consideraron que los artículos "carecen de sustento técnico y dogmático y que reproducen lo ya contemplado en otros artículos de esta ley", por lo que pidieron eliminarlos.

Unidos contra la Trata también consideró que la modificación hecha al artículo 10 es imprecisa pues quita la oración "toda acción u omisión dolosa de una o varias personas" con lo que quita el castigo a la permisión de las autoridades.

La Organización para la Cooperación y del Desarrollo Económicos (OCDE) calcula que cada año alrededor del mundo se generan ganancias  cercanas a los 32,000 millones de dólares  por la trata de personas en sus diferentes modalidades: trabajo forzado, tráfico sexual, servidumbre doméstica involuntaria o por deuda, trabajo forzado, tráfico de niños.

Es uno de los delitos más lucrativos del mundo, solo después del tráfico de drogas y de armas, según la Organización de las Naciones Unidas (ONU).  

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