La Cámara de Diputados avala la Ley de Delitos Electorales

La ley que sanciona a servidores públicos o particulares que intervengan en una elección fue enviada al presidente para su promulgación
Los diputados arrancaron este miércoles el período extraordi Los diputados arrancaron este miércoles el período extraordinario de sesiones para debatir la reforma político-electoral

La Cámara de Diputados avaló en lo general la Ley General de Delitos Electorales, que cocentra y detalla las sanciones económicas y de cárcel para servidores públicos y particulares que incurran en acciones irregulares durante una elección.

Los diputados avalaron la minuta con 384 votos a favor, 34 en contra y 13 abstenciones, en lo general y en particular los artículos no reservados; los legisladores continúan el debate en el Pleno para las reservas presentadas.

Las normas - que hasta ahora estaban contenidas en el Código Penal Federal - sancionan con 50 a 200 días de multa y prisión de dos a seis años al funcionario electoral que altere en cualquier forma, sustituya, destruya, comercialice o haga un uso ilícito de documentos relativos al Registro Federal de Electores (RFE), Padrón Electoral o Lista de Electores.

También se fijan de 100 a 200 días de multa y prisión de dos a seis años, al funcionario partidista o al candidato que se abstenga de rendir cuentas o de realizar la comprobación o justificación de los gastos ordinarios o de eventos proselitistas de campaña de algún partido político, coalición, agrupación política nacional o candidato, una vez que hubiese sido legalmente requerido.

Las sanciones aplicarán también para quién oculte, altere o niegue la información que le sea legalmente requerida por la autoridad electoral competente, o presente facturas o documentos comprobatorios de gasto de partido político o candidato, alterando el costo real de los bienes o servicios prestados.

Además, con el ordenamiento legal, se sanciona el condicionamiento de programas gubernamentales con fines electorales. Se protegen los sistemas informáticos del Registro Federal de Electorales, Padrón Electoral o Listado de Electores, de la credencial para votar o de los listados nominales.

Se impondrá de 50 a 100 días de multa y prisión de seis meses a tres años a quien vote a sabiendas de que no cumple con los requisitos de la ley; vote más de una vez en una misma elección; haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada en el interior de las casillas.

Igualmente, la ley sanciona a quien promueva, traslade, subsidie, contrate servicios o bienes o gestione que uno o más ciudadanos proporcionen documentos o información falsa del RFE, padrón electoral o listado de electores.