Banco Compartamos anunció la resolución por la cual se reforma el artículo segundo de sus estatutos sociales, donde se le define como Institución de Banca Múltiple.
A partir de dicha reforma, el objetivo de esta institución es prestar servicio de banca y crédito en los términos de la Ley de Instituciones de Crédito.
En consecuencia, Compartamos ahora podrá realizar las operaciones y prestar los servicios bancarios que se señalan en las fracciones del artículo 46 de dicha ley y que son:
Recibir depósitos bancarios de dinero a la vista, retirables en días preestablecidos, de ahorro, y a plazo o con previo aviso; aceptar préstamos y créditos; emitir bonos bancarios; emitir obligaciones subordinadas; y constituir depósitos en instituciones de crédito y entidades financieras del exterior.
Asimismo, efectuar descuentos y otorgar préstamos o créditos; operar con valores en los términos de las disposiciones de la Ley de Instituciones de crédito y de la Ley del Mercado de Valores; y operar con documentos mercantiles por cuenta propia.
También podrá recibir depósitos en administración o custodia o en garantía por cuenta de terceros, de títulos o valores y en general de documentos mercantiles; y adquirir los bienes muebles e inmuebles necesarios para la realización de su objetivo.
Además, podrá realizar operaciones derivadas; emitir y poner en circulación cualquier medio de pago que determine el Banco de México, e intervenir en la contratación de seguros bajo lo establecido en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
Adicionalmente, la sociedad podrá llevar a cabo las demás operaciones que le estén expresamente permitidas por la Ley de Instituciones de Crédito.