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CNBV multa a Grupo Elektra con 3.5 mdp

La empresa fue sancionada por incumplir algunos artículos de la Ley del Mercado de Valores; entre ellos el 368 que prohíbe difundir información falsa o que induzca a errores sobre valores.
mar 15 febrero 2011 08:05 PM
La región noreste del país es percibida por Grupo Elektra como la de mayor tasa de consumo. (Foto: Mauricio Ferry)
elektra (Foto: Mauricio Ferry)

Grupo Elektra fue sancionado por un total de 3 millones 515,641.50 pesos en diciembre del año pasado, derivado del incumplimiento de algunos artículos de la Ley del Mercado de Valores. De acuerdo con información actualizada de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la multa más alta fue por 2 millones 634,759 pesos, debido al incumplimiento del artículo 368 de la Ley del Mercado de Valores.

El articulado prohíbe la difusión de información falsa o que induzca a error sobre valores, o bien respecto de la situación financiera, administrativa, económica o jurídica de una emisora, a través de prospectos de colocación, suplementos, folletos, reportes y demás documentos informativos y, en general, de cualquier medio masivo de comunicación.

La segunda sanción económica por 276,097.50 pesos fue aplicada por la CNBV con base en el artículo 370 fracción I de la misma Ley, el cual refiere que las personas que participen o intervengan, directa o indirectamente, en actos u operaciones del mercado de valores, tendrán prohibido manipular el mercado.

Otra multa ascendió a 604,785 pesos derivada del artículo 56 de la Ley del Mercado de Valores, en relación con el artículo 56, fracción IV, de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Emisoras de Valores y Otros Participantes del Mercado de Valores.

Estos apartados refieren que las emisoras que realicen adquisición de acciones representativas de su capital social, lo harán a través de la Bolsa.

En adición a lo previsto, deberán estar al corriente en el pago de dividendos acumulativos que, en su caso, se haya establecido a favor de acciones preferentes; estar al corriente en el pago de las obligaciones derivadas de la emisión de instrumentos de deuda inscritos en el registro, entre otros relacionados con la adquisición.

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