El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que el próximo 31 de marzo vence el plazo para que las personas morales presenten su declaración anual, por lo que exhortó a los contribuyentes a cumplir a la brevedad esta obligación.
Personas morales: ¿Qué pueden deducir?
En un comunicado señaló que para ello las personas morales deben descargar e instalar el Programa DEM, (versión 2011) disponible en la página electrónica del SAT; capturar su información de acuerdo con los anexos que le correspondan, generar y enviar el archivo de la declaración anual.
Una vez realizado este procedimiento, el SAT enviará acuse de recibo con sello digital y "si no resultó impuesto a cargo u obtuvo saldo a favor, aquí termina el procedimiento y se considera cumplida la obligación".
En el caso de que se tenga impuesto a pagar , el SAT explicó que éste deberá hacerse vía Internet en el portal de cualquier banco autorizado.
Recordó que para la presentación y envío de la declaración anual por Internet, las personas morales deben utilizar la Firma Electrónica Avanzada (Fiel).
Para las personas morales, la Fiel tiene una vigencia de dos años; cuando esté por vencerse se puede renovar por Internet, sin embargo, una vez vencida, el trámite se deberá hacer acudiendo a las oficinas del SAT, preferentemente con previa cita.