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La Corte acota facultad de la Cofetel

El tribunal dijo que el ente fue más allá de sus atribuciones en el caso Avantel-Alestra vs Telcel; sólo puede imponer tarifas y medidas sobre la interconexión si las compañías piden su intervención.
lun 04 marzo 2013 01:53 PM
 El jueves la Suprema Corte dio fin a un caso que subió al Pleno desde 2011 y que los ministros retomaron en tres ocasiones. (Foto: Getty Images)
juez

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó este lunes que la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) tenga facultades para fijar tarifas de interconexión telefónica sin que medie una inconformidad entre los operadores, por lo que dejó sin efecto las cuotas que interpuso el regulador entre Avantel (subsidiaria de Axtel)/Alestra y Telcel de 2006 a 2010. El máximo tribunal otorgó el amparo a la telefónica de Carlos Slim sobre un acuerdo de interconexión emitido por Cofetel en 2006 para fijar tarifas de interconexión desde 1.71 a 0.90 pesos por minuto de 2005 a 2010, por lo que dejó sin efecto las condiciones impuestas, aunque quedan firmes sólo las cuotas del primer año.

El proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena amparó a Telcel luego de la determinación de la Cofetel al considerar que sobrepasó sus facultades para resolver las tarifas que paga un operador para interconectar a uno de sus usuarios con la red de otro operador.

El ministro Sergio Valls consideró que se cayó en una incongruencia con lo votado este lunes en relación a las facultades de la comisión, pues al imponer tarifas más allá de 2005, el regulador usó las amplias facultades que la SCJN le ha reconocido para ver por la competencia en el mercado de las telecomunicaciones.

Los ministros que votaron a favor del proyecto consideraron que la Cofetel sólo puede imponer tarifas y medidas sobre la interconexión una vez que las compañías piden su intervención; de lo contrario, se limita la libertad de convenir las tarifas, como lo expresa la ley.

La Corte ha avalado a través de la resolución del amparo 426/2010 (resuelto apenas la semana pasada) tanto las facultades de la Cofetel para fijar tarifas de interconexión, así como las condiciones y los modelos de costos que usa para imponerlas, siempre y cuando razone sus determinaciones.

La SCJN continuará este martes la revisión del amparo en cuestión.

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