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Blindan a clientes por fallas en coches

La actualización de la NOM 160 ordena a las agencias a dar más información antes de vender un auto; establece que las armadoras o los fabricantes son los responsables de la garantía del vehículo.
mié 30 julio 2014 06:03 AM
Ahora los consumidores tendrán más información a la vista para comprar un auto. (Foto: iStock by Getty Images.)
venta de autos 2 (Foto: iStock by Getty Images.)

La Secretaría de Economía actualizó la Norma Oficial Mexicana 160 para la comercialización de autos nuevos para crear la figura de distribuidor autorizado y hacer una diferenciación entre el fabricante y el comercializador al momento de reclamar la garantía.

La norma se revisa cada quinquenio y este año una de las principales modificaciones es la inclusión de este concepto, pues anteriormente no quedaba claro quién era el responsable de hacer válida la garantía del auto, en este caso el fabricante y no el distribuidor.

“Se adiciona el concepto de distribuidor autorizado, para delimitar la responsabilidad entre estos y las armadoras, pues quien enajena los vehículos no es el fabricante sino el distribuidor y no otorga la garantía, sino el fabricante o el importador”, señaló Laura Méndez, representante legal de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA)

La norma anterior solo definía al proveedor como el responsable de hacer válida la garantía y este concepto creaba confusión pues el proveedor podía ser el fabricante, ensamblador, importador o el distribuidor.

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La Secretaría de Economía indicó que este cambio era necesario debido al alto número de quejas recibidas en Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) cuyo principal motivo de reclamación fue la negativa de hacer efectiva la garantía, seguida de defectos de fabricación en el producto y la negativa a la entrega del producto o servicio.

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De 2011 a julio de 2012 la Profeco recibió un total de 3,548 quejas relativas a los tres puntos anteriores, por un monto total reclamado de 112, 266,220 pesos en 2011 y 68, 248,384 pesos de enero a julio de 2012.

La nueva NOM 160 también obliga a los distribuidores a poner a la vista de los clientes información como: consumo de combustible, nivel de emisiones contaminantes, dispositivos de seguridad, protección al medio ambiente.

Además de condiciones físico mecánicas y de registro vehicular, rendimiento combinado en carretera y ciudad en kilómetros por litro, estimado del gasto anual en combustible considerando un recorrido de 15,000 kilómetros, entre otros.

AMDA indicó que mucha de esta información ya está contenida en las fichas de información sobre el vehículo en exhibición en las agencias, pero no todas las marcas de vehículos cuentan con esquemas tan detallados por parte del fabricante.

La Secretaría de Economía señaló que las modificaciones a la norma pretenden mantener informados a los consumidores sobre los avances tecnológicos que son incorporados a los vehículos nuevos, los cuales impactan en su precio y costos de mantenimiento.

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La NOM 160 también mantiene la obligación de los distribuidores de informarle al consumidor las razones técnicas por las cuales no procede la reparación de un vehículo nuevo, así como el plazo para su reparación.

Asimismo, los distribuidores tendrán que informarle a los clientes de manera previa a la compra si el vehículo cumple con las normas en materia de emisión de contaminantes y rendimiento de combustible.

La nueva norma se publicará en los próximos días debido a que ya concluyó el periodo de consulta pública en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) y el dictamen final se emitió el 8 de julio de 2014.

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