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El conflicto de las aclaraciones

El tema de las aclaraciones es uno de los más espinosos que surgen durante una licitación; la Secretaría de la Función Pública deberá encargarse de regular los procedimientos de aclaración.
lun 08 junio 2009 03:40 PM

En la colaboración de este mes me referiré a uno de los temas más espinosos que se incluyó en el artículo 38 de la recién aprobada Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM): la aclaración de las propuestas en el procedimiento de licitación pública.

Este documento expresa lo siguiente: “Cuando el área convocante tenga necesidad de solicitar al licitante las aclaraciones pertinentes o aportar información adicional para realizar la correcta evaluación de las proporciones, dicha comunicación se realizará según lo indicado por el Reglamento de esta Ley, siempre y cuando no implique alteración alguna a la parte técnica o económica de su proposición”.

Hasta antes de la nueva LOPSRM, las entidades y dependencias no tenían una forma definida para solicitar a las licitantes aclaraciones en aspectos que podrían procurar una adecuada evaluación de las propuestas y, en consecuencia, garantizar las mejores condiciones para el Estado.

Por eso, algunas convocantes se reservaban el derecho de realizar estas acciones a través de las bases de licitación, pero siempre para algunos quedaba un halo de falta de transparencia en el proceso si no se llevaba a cabo en forma adecuada.

Siempre surgen distintas preguntas en torno a este tema: ¿La aclaración tiene que ser pública? ¿Cuáles son los limites de la aclaración? ¿Aquellos licitantes que se vean “perjudicados” por la aclaración podrán hacer valer su descontento por alguna vía? ¿Se reflejará la aclaración en el acta de fallo? ¿Qué pasará si de la aclaración devienen modificaciones naturales al precio o al alcance del proyecto que propiamente “volteen” el orden de los licitantes?

La Secretaría de la Función Pública tendrá que regular estos temas en forma muy clara y precisa para evitar la litigiosidad que tanto ha tratado de impedir, pues, de no ser así, el objetivo que se persigue tendrá el efecto contrario.

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*Abogado, socio director de COMAD, SC.

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