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OPINIÓN: ¿Negar la libertad a Florence Cassez hizo justicia?

El proyecto del amparo en el caso de la ciudadana francesa, lejos de ser un retroceso, es una interpretación novedosa en el sistema jurídico
jue 22 marzo 2012 08:28 AM
Florence Cassez 3
Florence Cassez 3 Florence Cassez 3

Nota del editor: Surya Palacios es periodista y abogada. Su cuenta de twitter es @suryapalacios

(CNNMéxico) — La votación en contra del proyecto de amparo que pretendía liberar a la francesa Florence Cassez, tal y como lo decidió la mayoría de los integrantes de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lejos de suponer un retroceso para los derechos humanos, se configura en la oportunidad para repensar la forma en la que se deben comportar las autoridades.

Tres ministros de los cinco que integran la Sala coincidieron con el autor del proyecto, el ministro Arturo Zaldívar, en torno a las violaciones a los derechos fundamentales de Cassez, a partir del montaje realizado ante los medios de comunicación por la Agencia Federal de Investigación, y la dilación que ello supuso para que la extranjera fuera puesta a disposición del Ministerio Público y recibiera la asesoría consular respectiva.

Se trata de una interpretación novedosa, y sobre todo alejada de la decimonónica costumbre que hasta el año pasado prevalecía formalmente en el sistema jurídico de México, en el que la Constitución era interpretada a partir de la ley, a pesar de que ésta jerárquicamente es inferior a la carta magna.

Esa forma de entender la justicia está feneciendo, al menos es el mensaje inmediato que podemos tomar de lo resuelto por la Primera Sala de la SCJN. No es un asunto menor, es el máximo tribunal del país el que nos dice a los ciudadanos en lo general, y a la jerarquía jurisdiccional en particular, que estamos dejando atrás los tiempos en los que cualquier derecho constitucional dependía de que existiera una ley secundaria.

Eso ya no es así, en los Estados democráticos los derechos fundamentales de todas las personas no están sujetos a discusión, se incluyen dentro de las Constituciones o se hacen valer a través de las Convenciones y Tratados internacionales en la materia, sin necesidad de que existan o no leyes nacionales específicas.

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De lo que se trata es de ponernos los lentes de la Constitución, y con ellos observar e interpretar tanto lo que en ella se dice, como lo que establecen las leyes, el procedimiento contrario equivale a usar el prisma de la ley para ver las disposiciones constitucionales, es querer vestir con un traje de talla inferior a la carta magna.

Bajo esta perspectiva, Florence Cassez podría gozar de un nuevo juicio, como lo sugirió el ministro José Ramón Cossío. No estamos hablando de un mero tecnicismo jurídico, eso sería banalizar la obligación que tiene el Ministerio Público de observar las normas que rigen en México, entre las que se incluye por supuesto y en primer lugar la Constitución.

Si la autoridad es la que viola la ley, nada de lo que se pueda decir en contra de un presunto delincuente tendrá el peso específico que requiere la aplicación de la justicia, actuar de esa forma nos acerca a la venganza y por supuesto nos distancia de la democracia.

Las opiniones recogidas en este texto pertenecen exclusivamente a Surya Palacios.

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