OPINIÓN: El proceso que apenas inicia para Elba Esther Gordillo
Nota del editor: Surya Palacios es socióloga, abogada y periodista mexicana. Colabora en la revista Idconline , que pertenece a Grupo Expansión. Puedes seguirla en su cuenta de twitter: @suryapalacios
(CNNMéxico) — Elba Esther Gordillo, líder del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), es acusada de realizar operaciones con recursos de procedencia ilícita, un delito previsto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal que se castiga con penas de entre 5 y 15 años de prisión.
Se trata de un ilícito que la ley expresamente considera grave, por lo que la acusada no puede gozar de libertad bajo fianza, de acuerdo con el artículo 194, fracción 1, inciso 33 del Código Federal de Procedimientos Penales , en relación con el numeral 399, fracción IV, del mismo ordenamiento.
La excepción a esta regla se establece cuando la persona detenida es mayor de 70 años, por lo que el juez puede ordenar que la prisión se lleve a cabo en el domicilio del inculpado. Sin embargo, este no es el caso de Gordillo Morales, quien tiene 68 años.
No obstante, la defensa podría solicitar este beneficio argumentando que la líder sindical mantiene un precario estado de salud, lo cual tiene que ser corroborado en dictámenes emitidos por peritos médicos.
Gordillo fue detenida el martes por la Procuraduría General de la Republica (PGR), a partir de una denuncia hecha por la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda de México.
La líder magisterial, de igual forma, tiene derecho a solicitar un amparo en caso de que el juez emita un "auto de vinculación a proceso" en su contra, con el que oficialmente se someterá a la detenida a la prisión preventiva.
De presentarse esta posibilidad, este recurso debe ser resuelto por un juez de amparo, quien —en estos casos— se encarga de determinar si el auto de vinculación a proceso (conocido como auto de formal prisión) reúne las condiciones que establece la ley penal mexicana.
Debido a que Gordillo también está siendo acusada de violar la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada , porque las operaciones con recursos ilícitos las habría realizado en su calidad de dirigente, lo que se castiga con penas de entre 8 y 16 años de prisión, considero que será muy difícil la obtención de un amparo, pues la vinculación a proceso se emite en México con los indicios que la PGR presenta al juez, los cuales no necesariamente deben ser pruebas contundentes que garanticen —en el futuro— una condena.
Este tipo de procesos son largos y engorrosos, y aunque oficialmente no deberían tardar para su resolución más de 12 meses, el desahogo de pruebas de la fiscalía y de la defensa hace que el juicio demore como mínimo tres años.
En la declaración preparatoria, Gordillo se reservó el derecho a rendir declaración.
Ahora el Ministerio Público Federal debe presentar los indicios suficientes de que la líder sindical realizó operaciones con dinero obtenido de manera ilícita. No debemos olvidar que en este caso —de acuerdo con la PGR— los recursos monetarios pertenecían al sindicato de maestros.
Posteriormente, de acuerdo con el artículo 19 de la Constitución mexicana, el juez tiene 72 horas para dictar el auto de vinculación a proceso, aunque este plazo puede duplicarse a petición de la defensa.
Si el juez declara dicha vinculación, es entonces cuando iniciará el proceso jurídico en contra de la líder del SNTE, en el cual deben desarrollarse las etapas de aportación y desahogo de pruebas a fin de que el juez las valore y dicte –en su caso- la sentencia.
Las opiniones recogidas en este texto pertenecen exclusivamente a Surya Palacios.