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OPINIÓN: Obama y Peña, las dos caras de las declaraciones patrimoniales

Mientras el presidente de EU fue específico, el de México no entró en detalles, evidenciando formas distintas de entender la transparencia
mié 22 mayo 2013 03:59 PM
obama peña nieto
obama- peña nieto, palacio nacional

Nota del Editor: Guillermo Ávila es asesor del área de Transparencia y Rendición de Cuentas del Centro de Análisis e Investigación  Fundar . Puedes seguir la cuenta de twitter:  @FundarMexico

(CNNMéxico) — El presidente Barack Obama presentó el 15 de mayo su declaración patrimonial. No fue en un evento público, pero sí está disponible en el blog de la Casa Blanca .

En Estados Unidos, la Ley de Ética en el Gobierno hace obligatoria la presentación y publicación de un reporte de la situación financiera y de los intereses o asuntos que las y los funcionarios públicos —de cierta jerarquía— tengan fuera del gobierno.

En el blog se explica que la revisión de las declaraciones patrimoniales del presidente Obama y el vicepresidente Joe Biden permite asegurar que ninguno tiene conflicto de intereses. ¿Qué hay en la declaración patrimonial del presidente de Estados Unidos? Los ingresos, activos y pasivos que posee, así como un margen del monto: cuentas bancarias de ahorro, fondos para el retiro, planes de pensión, bonos de inversión del tesoro, planes de ahorro universitario, regalías por sus libros y la hipoteca de su casa en Chicago.

Al igual que en EU, en México existe un marco regulatorio para las declaraciones patrimoniales. Su presentación es obligatoria, pero no así su difusión, que depende de la voluntad, ya que "se hará siempre y cuando se cuente con la autorización previa y específica del servidor público de que se trate" (art. 40, Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos).

A pesar de no ser forzoso, en enero de este año el presidente Enrique Peña Nieto —al igual que casi todos los integrantes del gabinete— presentó una versión pública de su declaración patrimonial . Podemos conocer el tipo de bienes inmuebles y muebles —no el monto— y, de forma muy general, sus inversiones, pero sin la información básica necesaria para asegurar que no puedan entrar en conflicto con su ejercicio como servidor público. El contraste con la del presidente Obama es evidente.

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LEER: Una declaración sin el valor de los bienes

El mensaje resulta paradójico pues, en lugar de ser un acto de transparencia, hubo opiniones de que, por lo menos, resultó fallido, lo que implica cuestionar qué es lo que este gobierno propone como políticas de transparencia. Una de las primeras iniciativas que anunció el presidente Peña fue, precisamente, una reforma muy ambiciosa para reforzar la transparencia en todos los niveles y ramas de gobierno, lo cual, por el momento, me parece que es solo un buen deseo.

La propuesta original incluyó, entre otros puntos, la autonomía integral para el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), la facultad de revisar las resoluciones de los órganos garantes locales y la ampliación de los sujetos obligados. La iniciativa del presidente fue presentada en el Senado, en donde el proceso legislativo —coordinado por la Comisión de Puntos Constitucionales que preside el PRI— incluyó la participación de expertos en la materia —funcionarios, academia, OSC—, lo cual se refleja en lo que finalmente aprobaron las y los senadores.

En la Cámara de Diputados la minuta no "transitó" porque, aunque no sabemos exactamente las razones, los grupos parlamentarios no lograron llegar a acuerdos sobre algunos puntos. Durante la última reunión de las comisiones que discutieron la minuta , el PRI presentó una propuesta en la que había varias adiciones contrarias al fortalecimiento de la transparencia. La aprobación de la reforma constitucional, sin embargo, no es el final del proceso, porque luego habrá que atender la especificidad en la legislación secundaria, en la que se incluirán las obligaciones de transparencia, es decir la información cuya publicación no es voluntaria.

Fundar, junto con Artículo 19 , elabora el Índice del Derecho de Acceso a la Información en México (IDAIM), un instrumento para medir la calidad de las leyes locales y la federal que, además, recopila y analiza las mejores prácticas —la versión 2013 está por salir—. Por ello podemos comparar y saber que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Aguascalientes estipula claramente que "no se considera información confidencial al Informe de Situación Patrimonial de los servidores públicos (art. 19)". De la misma forma, la Ley de Chihuahua define que las declaraciones patrimoniales son obligaciones de transparencia.

Es común que cada año, por estas fechas, se hable de convocar a periodos extraordinarios de sesiones para discutir las reformas de ley que se consideran indispensables.

LEER: La oportunidad perdida de Enrique Peña Nieto

Podría ser el caso de la de transparencia pero ésta, al igual que la reforma educativa o la de telecomunicaciones, se tiene que complementar con las leyes secundarias —de acceso a la información pública, de archivos y de protección de datos personales— para poder ver sus efectos en la práctica.

Es en estas leyes donde será posible profundizar en los aspectos que consideramos deben ser información pública, para conocer la evolución en el patrimonio o los negocios e intereses particulares de las y los servidores públicos y así evitar o detectar posibles actos de corrupción y conflictos de interés.

Las opiniones recogidas en este texto pertenecen exclusivamente a Guillermo Ávila.

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