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Evita multas y recargos, declara a tiempo al SAT

Este 30 de abril vence el plazo para que las personas físicas residentes en México presenten la declaración de sus impuestos del ejercicio fiscal que llevaron a cabo durante 2016.
jue 06 abril 2017 06:00 AM
Hasta el momento, el SAT ha contabilizado una recaudación por 935 millones de pesos. (Foto: Getty Images)
Saldo a favor Si tienes saldo a favor, podrás recibir una devolución en tan sólo 5 días.

Este 30 de abril vence el plazo para que las personas físicas presenten su declaración de impuestos del ejercicio fiscal que llevaron a cabo durante 2016, esto de acuerdo con el artículo 150 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Sin embargo, este año las reglas cambiaron, ¿ya las conoces?

A diferencia de años anteriores, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), no ha difundido la facilidad de depositarte un saldo a favor en tan sólo 5 días hábiles en tu cuenta bancaria. Si quieres lograrlo toma en cuenta estas recomendaciones:

  1. Quienes obtengan un saldo a favor en su declaración anual, podrán solicitar la devolución automática si cuentan con su e.firma, siempre y cuando su saldo a favor sea superior a los 50,000 pesos.
  1. Si obtuviste un saldo a favor menor o mayor a 10,000 pesos, pero aún menor que 50,000, puedes obtener la devolución automática del saldo a favor con tu cuenta CLABE.
  1. A partir de este año, el SAT ha eliminado el máximo de ingresos por salarios y esta vez no habrá un límite establecido. Si ganas más de 400,000 pesos anuales, estarás exento de declaración. Del mismo modo, si obtuviste ingresos provenientes de un solo patrón.

Lee: Si ganas 400,000 pesos anuales estarás exento de declaración

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Multas y recargos

Aún estás a tiempo de presentar tu declaración anual, de lo contrario podrías hacerte acreedor a alguna de las siguientes multas, según el SAT:

  • De 1,240 a 15,430 pesos por cada una de las obligaciones que no hayas declarado hasta el 30 de abril.
  • De 1,240 a 30,850 pesos por cada declaración, solicitud, aviso o constancia fuera del 30 de abril.
  • De 12,640 a 25,300 pesos por no presentar las declaraciones por internet o incumplir con las autoridades fiscales para presentarlas, del mismo modo, si lo haces fuera del plazo establecido.

El lado amable

No todo son multas y recargos, si presentaste tu declaración anual y tienes saldo a favor, el SAT puede compensarte de tres maneras diferentes, en cualquiera de los casos, debes hacerlo a través de la página del SAT en el apartado de ‘Declaración anual’:

  • Devolución: Ingresa los datos de tu banco y obtendrás este beneficio en un periodo máximo de 40 días hábiles.
  • Acreditamiento: Puedes utilizarlo para pagar el I.V.A. de algún producto o servicio
  • Compensación: Puedes usarla para pagar un saldo pendiente, manifestado en declaraciones de pagos provisionales, definitivos o anuales presentados de igual forma a través del servicio de declaraciones

Recomendamos: Exención de la declaración por el SAT tiene 'letra chiquita'

¿Cómo solicito mi devolución?

Puedes solicitar la devolución a través de la página del SAT, en su plataforma DeclaraSAT, ingresando tu RFC y contraseña o e.firma portable, además de tener una cuenta bancaria abierta en México al momento de presentar la declaración anual.

¿Y si me equivoco?

Si por error o desconocimiento presentaste tu declaración anual como asalariado, deberás presentar una nueva declaración presentando todos tus ingresos, no sólo salarios.

Debes ingresar a la página del SAT y al tratar de presentar una nueva declaración, el sistema detectará que realizaste una declaración previa y sólo te dará la opción de realizar una complementaria.

Después, tendrás que devolver al SAT el saldo a favor que previamente te depositaron, incluyendo actualizaciones y recargos por haber accedido erróneamente a un programa al que no tenías derecho. Si este es el caso, deberás programar una cita en el SAT y realizar un pago de derechos para gestionar la emisión de una línea de captura que permita devolver al SAT el saldo indebidamente recibido.

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