Movistar debe bonificar a clientes por fallas del servicio, dice la SCJN
Las subsidiarias que integran Telefónica Movistar deberán responder y reparar el daño a los usuarios que se vieron afectados por deficiencias en su servicio de telefonía móvil en 2010, de acuerdo con una resolución de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que otorgó por unanimidad un amparo impuesto por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), señaló la dependencia.
"El pasado 28 de junio de 2017, los ministros de la Corte resolvieron este caso en favor de Profeco, lo cual establece un precedente trascendental en defensa de los derechos de los consumidores, al determinar que la concesionaria que explota una red de telefonía móvil en su calidad de empresa filial, es considerada como “obligada solidaria" y deberá responder también ante las fallas del servicio", indicó la defensora del consumidor en un comunicado.
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La resolución ministerial señala que se debe establecer una fórmula para garantizar el resarcimiento de los derechos vulnerados.
El fallo de la Primera Sala esboza esquemas de resarcimiento y bonificación para los usuarios, sobre los cuales, el Primer Tribunal Unitario de Circuito de la Ciudad de México deberá dar cumplimiento a la ejecutoria, de acuerdo con el comunicado.
"En la acción contra Telefónica Movistar, la resolución establece que la carga de pruebas en la ejecución sobre afectados concretos es de la compañía telefónica y no de los usuarios -como proponía la empresa- con lo cual, en caso de que no las presente, la bonificación será para todos los usuarios que la compañía tenía en 2010, es decir, aproximadamente 19 millones de usuarios", destacó Profeco.
Al ser consultada por Expansión, Movistar mostró su disconformidad con la sentencia y aseguró que el proceso legal seguirá.