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Calculadora ISR 2024

Calculadora ISR
Calcula tu salario neto después de las deducciones del ISR

  • Info Acordeón

    El artículo 31 de la Constitución Mexicana establece que es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, de la federación, estado y municipio en los que residan.

    El fisco puede hacerse de estos recursos a través del cobro de impuestos, y el Impuesto Sobre la Renta (ISR) es uno de estos, se cobra a todas las personas físicas y morales, por ser empleado o realizar alguna actividad económica, y que esta genere ganancias.

    En México, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la institución encargada de hacer este cobro o descuento a los contribuyentes, el objetivo del dinero que se recauda por este concepto es contribuir a la prestación de servicios públicos como educación, salud, alumbrado público, seguridad, pagar la nómina de servidores públicos como diputados, senadores, gobernantes, médicos, profesores, policías o militares.

    El cálculo del ISR depende del nivel de ingresos de cada persona o empresa, todos los contribuyentes activos deben enterar, y en su caso, pagar este impuesto.

    Para el cálculo y el pago del ISR de personas que trabajan por honorarios, son empleados, tienen actividad empresarial y/o son arrendadores, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) pública, cada año, una tabla que sirve de referencia para calcular el pago provisional mensual de este impuesto, su nombre oficial es Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales mensuales, en el Anexo 8 de la Miscelánea Fiscal.

    La tabla es la siguiente, y es la clave para hacer la estimación del ISR, de acuerdo a tus ingresos.

    Tarifa 2024 para calcular el pago provisional del ISR mensual

    1. Con la tabla identificada, lo primero que tendrás que hacer es ubicarte en el rango de ingresos que tienes mensualmente.

    Por ejemplo, una persona que gana 30,000 pesos al mes se encuentra en el renglón VI de la tabla que tiene un límite inferior de 15,487.72 pesos; una cuota fija de 1,640.18, y una tasa para aplicarse sobre el excedente de 21.36%.

    2. A tus ingresos, en este caso 30,000 pesos brutos mensuales, se les resta el límite inferior de tu renglón, es decir 15,487.72 pesos.

    3. A esa diferencia que es 14,512.28 pesos se le aplica la tasa sobre el excedente que es 21.36%, el resultado es 3,099.82 pesos y se le llama impuesto marginal.

    4. La suma del impuesto marginal, más la cuota fija que es de 1,640.18 pesos, es el monto que se descontará de ISR, en este caso 4,740.00 pesos, que corresponde al 15.80% de los ingresos brutos que son 30,000 pesos mensuales.

    Un ejercicio realizado por Expansión con información del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) nos da cuenta de los porcentajes y montos efectivos que se pueden pagar por ISR de acuerdo a los ingresos mensuales. Es decir, se aplicó la fórmula utilizando la tabla anterior, a varios montos de ingresos.

    ISR efectivo en 2024

    El sueldo se refiere a la cantidad fija de dinero que se paga a un empleado por su trabajo en un período determinado, generalmente es mensual. Es una remuneración establecida de antemano, sin tener en cuenta las horas trabajadas o la productividad. Por lo general, el sueldo se asocia con empleados asalariados y puestos de trabajo de nivel jerárquico superior.

    Es acordado desde un principio y puede ser semanal, quincenal o mensual, incluye prestaciones. El sueldo no está sujeto a descuentos por días festivos o meses con menos días laborales.

    El sueldo bruto es la cantidad total que el empleador te paga, incluyendo prestaciones, bonos, horas extras y otros beneficios. Mientras que el sueldo neto es la cantidad final que recibes después de que se descuentan el seguro social, impuestos y prestaciones.

    Las personas físicas tienen ingresos exentos del pago del ISR y de acuerdo con el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta no se pagará este gravamen por:

    • La obtención de ingresos por prestaciones mínimas de ley calculadas con un salario mínimo.
    • Indemnizaciones por riesgos o enfermedades de trabajo.
    • Los ingresos por jubilaciones, pensiones o haberes de retiro. Los apoyos que se brindan por programas sociales. Los percibidos por reembolso de gastos médicos, dentales, hospitalarios y de funeral. Los subsidios por incapacidad, becas educacionales para trabajadores o hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas.
    • La entrega de las aportaciones y sus rendimientos provenientes de la subcuenta de vivienda. Los ingresos provenientes de cajas de ahorro de trabajadores y de fondos de ahorro que otorgan las empresas. La cuota de seguridad social de los trabajadores pagada por los patrones.
    • Gratificaciones por primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones, subcuenta del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Primas vacacionales, utilidades de la empresa, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo, cada uno de los señalados.
    • Por la venta de casa habitación, siempre que el monto de la contraprestación obtenida no exceda las 700,000 Unidades de Inversión (UDIs). Los intereses pagados por instituciones de crédito, préstamos financieros siempre y cuando el saldo promedio diario de la inversión no exceda los cinco salarios mínimos.
    • El pago de aseguradoras a beneficiarios cuando ocurra el riesgo amparado por las pólizas contratadas. Las herencias o legados.
    • Los donativos, transferencias entre cónyuges, o los que recibas de tus padres directos, cualquiera que sea su monto. Los que transfieras a tus padres.
    • Los premios obtenidos con motivo de un concurso científico, artístico o literario. Las indemnizaciones por daños. Las pensiones alimenticias.
    • Los ingresos obtenidos por permitir a terceros la publicación de obras escritas de su creación en libros, periódicos o revistas, hasta el equivalente de 20 salarios mínimos.

    Se consideran gastos deducibles de impuestos los que se necesitan para cumplir ciertas necesidades relacionadas con la salud, educación y vivienda, refiere información de BBVA Educación Financiera.

    El SAT tiene una lista de gastos personales que pueden deducir las personas físicas, esto se logra cuando el contribuyente solicita factura al pagar bienes o servicios.

    Estos gastos deben registrarse automáticamente en tu declaración anual prellenada, siempre y cuando no haya errores en la factura y se cumplan requisitos como pagar a través de medios electrónicos y no efectivo, explicó Laura Grajeda, presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP). De lo contrario tendrás que solicitarlos manualmente.

    "Considera siempre que las deducciones son opcionales, es muy fácil que la autoridad lo deje pasar si tú no lo informas", refiere Grajeda.

    ¿Hay un límite establecido de deducciones? Como todo hay límites y detalles que respetar. El SAT indica que el monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales, es decir, cerca de 113,532 pesos, o lo correspondiente al 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

    Los gastos de salud que son deducibles, es decir, por los que debes pedir factura siempre al momento de pagarlos son: honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.

    Considera que estos pagos son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.

    También puedes deducir gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales; honorarios a enfermeras; análisis, estudios clínicos; compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente; prótesis; compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales; primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

    Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.

    Gastos educativos

    Las deducciones por colegiaturas están limitadas a un monto anual de acuerdo con el nivel educativo y son aplicables por alumno.

    Las personas físicas pueden deducir los pagos por servicios de enseñanza en los niveles comprendidos desde educación básica hasta media superior que realicen para sí, para su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, y para sus padres o hijos, siempre que dichas personas no perciban ingresos iguales o superiores a una UMA anual, de acuerdo con el artículo 1.8. del decreto presidencial del 26 de diciembre de 2013 que otorga distintos beneficios fiscales.

    Los montos, como detalla el artículo 1.10, son los mismos desde el ejercicio fiscal 2014, por lo que no han sido actualizados con la inflación.

    -Preescolar: 14,200 pesos -Primaria: 12,900 pesos -Secundaria 19,900 pesos -Profesional técnico 17,100 pesos -Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

    Las deducciones no aplican a gastos por nivel profesional o universitario.

    Para hacer válida esta deducción, las instituciones educativas deberán separar en el comprobante fiscal digital el monto que corresponda por concepto de enseñanza del alumno. Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.

    Los gastos por transporte escolar son deducibles de impuestos siempre y cuando se apliquen solo a descendientes en línea recta (hijos), sea obligatorio en el área de residencia de la escuela o cuando para todos los alumnos se incluya este gasto en la colegiatura, detalla la Ley del ISR en el artículo 151, fracción VII.

    Otros gastos que puedes deducir son gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.

    Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras.

    Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

    Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).

    No olvides que debes realizar estos pagos mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.

    Un saldo a favor se obtiene cuando, al efectuar el cálculo de tus impuestos, en tu declaración anual, pagas más de lo que debes, especialmente por realizar y enterar pagos deducibles personales, como servicios médicos, o autorizados, como el pago de suministros para realizar tu actividad económica, pues estos ayudan a bajar la base gravable.

    Si, tras la captura correcta de tus ingresos anuales y el cálculo del Impuesto sobre la Renta a pagar, la autoridad fiscal determina que tienes saldo a favor, podrás optar por su devolución a tu cuenta bancaria con:

    Con contraseña

    Si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos.

    Si el monto es mayor a 10 mil pesos y hasta 150 mil pesos, siempre y cuando utilices tu cuenta CLABE precargada.

    Con e.firma

    Si tu saldo a favor es superior a 10 mil pesos y capturas una nueva cuenta CLABE.

    Existe la posibilidad de que el SAT determine que, en lugar de saldo a favor, tengas saldo en contra o a cargo. Lo cual quiere decir que pagaste menos impuestos de lo debido en el ejercicio declarado.

    En este sentido, será necesario acercarse a la autoridad fiscal para realizar la revisión de tu declaración y, en su caso, acudir incluso a la Procuraduría para la Defensa del Contribuyente (Prodecon), para recibir asesoría.

    Si eres un trabajador residente en México tienes que pagar el ISR, cualquiera que sea la ubicación de fuente de riqueza, por ejemplo; hay mexicanos que trabajan aquí y les paga una empresa del extranjero, en este caso tienen que pagar el ISR aquí, explica Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de Investigación Fiscal del CCPM.

    Si eres mexicano, vives en el extranjero y te pagan desde México, debes enterar y hacer tu declaración anual en México.

    “Pero si es un mexicano que se va a vivir al extranjero y encuentra un trabajo, y aquí ya tenía un ingreso en el RFC, tiene que avisar que va a ser residente con efectos fiscales en otro país, si no avisa, puede tener obligación de pagar allá y en México, es decir, pagar doble”

    Si está pagando impuestos en EU, por ejemplo, se puede acreditar en México, aunque haya cambiado de vivienda, pero no cambio su residencia, debe presentar su declaración anual, incluso de los ingresos que recibe en el extranjero, puede acreditar el impuesto que pagó en el extranjero, pero no siempre se puede acreditar todo, solo una parte, explicó la especialista del CCPM.

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