Multas a ‘nenis’ si no están dadas de alta con RFC
Los contribuyentes que realizan alguna operación comercial, de servicios, o arrendamiento, están obligados a darse de alta porque de no hacerlo deberán pagar multas por omisión de ingresos, informó el prersidente de la comisión representativa del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, David Nieto.
“Ahí se ve claramente la obligatoriedad de dar de alta el RFC, si no lo haces tienes multas porque estás obteniendo ingresos y eso se conoce como economía informal y estarías obligado tanto a pagar la multa por no darte de alta y al pago de impuestos por omisión de ingresos”, detalló Nieto en videoconferencia el pasado 21 de octubre .
El artículo 80 del Código Fiscal de la Federación, si una persona física no cuenta con su RFC será acreedora a multas que van de los 3,870 hasta los 11,600 pesos.
La Miscelánea Fiscal que se aprobó coloca a estas personas con base en el régimen simplificado de confianza bajo la clasificación de personas físicas, cuyas cuotas se establecerán dependiendo de sus ingresos.
“El régimen de confianza busca otorgar una manera sencilla, rápida y eficaz en el pago de las contribuciones, sobre todo para aquellos contribuyentes con menor capacidad administrativa y de gestión”, detalla el documento.
David Nieto añadió que los mayores de 18 años, “ya estarían generando ingresos en el que tendrían que causar impuestos y dependiendo la forma en cómo venden, porque si es por redes sociales estarían tributando con el régimen fiscal simplificado de confianza”.