En coordinación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la empresa llevó a cabo las siguientes acciones de reparación:
1. Publicó y difundió una carta de neutralidad y los lineamientos de conducta de su personal.
2. Proporcionó capacitación a las personas trabajadoras de confianza y directivos de la planta sobre la carta de neutralidad y los lineamientos de conducta.
3. Facilitó una capacitación por la STPS a las personas trabajadoras de confianza y directivos de la planta sobre los derechos de libertad de asociación y negociación colectiva.
4. Se allanó en su totalidad a las prestaciones solicitadas en el escrito inicial de demanda por un trabajador despedido injustificadamente, incluida su reinstalación.
5. En cumplimiento a la sentencia de un juez y, dado el estado de huelga, ofreció la reinstalación virtual del trabajador despedido injustificadamente.
6. Firmó un compromiso con la STPS para materializar dicha reinstalación y capacitar a todas las personas trabajadoras de la planta, una vez que la huelga haya concluido.
Los hechos por los que se llevó a cabo la revisión interna fueron solventados dentro de los 45 días naturales que marca el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá. Ahora, el cierre del caso será analizado de forma conjunta con los gobierno de México y EU.
Con información de Reuters