"Este fallo es de suma relevancia, ya que sienta un precedente sobre la no retroactividad de los tratados comerciales", dijeron en un comunicado las secretarías de Economía y Trabajo mexicanas, al recordar que es un conflicto que se remonta a antes de la entrada en vigor del T-MEC en 2020.
La resolución demuestra que aunque la compañía "haya negado repetidamente a los trabajadores (...) derechos de libertad sindical y negociación colectiva, estas irregularidades fueron o están en vías de ser corregidas por las autoridades nacionales que sí tienen jurisdicción sobre el caso", añadieron.
El sindicato mexicano The Miners había argumentado que la minera violó una huelga de trabajadores iniciada en 2007 cuando en 2018 reanudó las operaciones en San Martín, que contiene plomo, cobre, zinc y plata, y que negoció con un grupo de trabajadores que no tenían derecho a representar a la plantilla.
El reclamo fue presentado por el senador e histórico líder sindical mexicano Napoleón Gómez. En respuesta, Grupo México dijo que la mina operaba "con base en la decisión libre de la mayoría de sus trabajadores" y que la reabrió de forma legal con la aprobación de los empleados.
En junio de 2023, un tribunal mexicano falló a favor del sindicato de trabajadores y ordenó a Grupo México pagar salarios y beneficios atrasados.
"La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje previo a la controversia internacional ya había atribuido la responsabilidad de la huelga a la parte patronal, ordenando el pago de salarios caídos y diversas prestaciones", afirmaron las secretarías mexicanas en el comunicado del viernes.