“No designan a México, sino a todo lo que tenga que ver con los cárteles, donde quiera que operen, por ejemplo, puede ser contra x cártel y este opera en Guatemala, El Salvador, no es una calificación a México, sino a organizaciones criminales”, detalló Sandro García-Rojas Castillo, socio fundador de Lex Quo Group y consultor internacional.
Dada la designación, México tiene que estar atento al marco normativo que regula a las organizaciones terroristas en EU, porque este sería el que tenga que adoptar en su sistema financiero, lo que implicaría algún tipo de reforma, adaptación a través de acuerdos y decretos, por igual la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita tendría que profundizarse, además de endurecer las sanciones en el Código Penal que se tienen para el financiamiento al terrorismo, explicó Gloria Rocío Estrada Antón, presidenta de la Comisión Técnica de Comercio Exterior del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).
¿En dónde estamos?
Por ejemplo, en EU, cualquier institución financiera vinculada con ese país que conozca estar en posesión o controlar dinero de una organización vinculada al terrorismo o de sus agentes debe embargar esos recursos y reportarlos a la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro de EU, la institución análoga a la SHCP en México.
En México, las instituciones financieras pueden congelar actos, operaciones o servicios de procedencia ilícita con los clientes o usuarios a solicitud de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) mediante una lista de personas bloqueadas que tendrá el carácter de confidencial, refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
“Yo creo que vale la pena tener una interlocución abierta con las autoridades norteamericanas para hacerles ver un poco las implicaciones que esto tiene para ambas economías. Se tiene que revisar el marco jurídico para ver si es suficiente para poder atender esta designación, de alguna manera se está reconfigurando un escenario de seguridad en el país. Por supuesto creo yo que vamos a tener reformas en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en la regulación al sistema financiero, adecuar ese marco jurídico, entre muchas otras cosas”, consideró el socio fundador de Lex Quo Group.
Listas de la OFAC
El reto de estos trabajos no es menor para México, pues tiene la experiencia y robusto marco normativo para accionar en contra de lavado de dinero, enfocado en el destino del capital, pero no en el combate al financiamiento al terrorismo, que está enfocado en el origen del dinero, “se necesitan medidas de control en las instituciones financieras muy distintas para identificar uno del otro”, refirió Manuel Herrera, presidente de Estudios Económicos del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF).
Si bien la designación obedece a un tema de seguridad, esta provocaría que todo lo que tenga que ver con los cárteles lo vea la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC), dependencia del Departamento del Tesoro y la autoridad encargada de regular estos temas, y que publica la lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas, la cual contiene nombre de empresas y personas cuyos activos deben ser bloqueados o congelados.