Pagos provisionales o definitivos
Está dirigida a las personas físicas que tributan en los regímenes de actividades empresariales, profesionales y de arrendamiento para la presentación de sus pagos provisionales o definitivos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a partir del ejercicio fiscal 2025.
La plataforma incluye incluye la precarga de la siguiente información:
- Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos y recibidos de tipo Ingreso (método de pago PUE), Egreso y Pago con opción de modificación, respetando en todo momento el derecho de la autodeterminación de los contribuyentes.
- CFDI de nómina.
- Remanentes de pérdidas de ejercicios fiscales anteriores.
- Información de pagos provisionales de meses anteriores del ejercicio fiscal que se declara.
Los pagos provisionales o definitivos de ISR e IVA, precisó el SAT, son declaraciones que presentan periódicamente las personas físicas que obtienen ingresos por realizar actividades comerciales, industriales, agrícolas, silvícolas, ganaderas y de pesca, así como por la prestación de un servicio profesional, arrendamiento, entre otros.
Los contribuyentes pueden presentar su declaración provisional o definitiva en esta liga .
DIOT
Desde el tres de febrero está disponible la plataforma para aquellas personas físicas y morales que se encuentran obligadas a presentar la DIOT, en la que reportan sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores.
La DIOT se presenta de forma mensual, o semestral por parte de las personas morales que obtienen ingresos por realizar actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y de pesca.
En este caso, facilita a los contribuyentes el cumplimiento de su obligación fiscal con los siguientes beneficios:
- Carga batch: consiste en que los contribuyentes generen un archivo en formato .txt, con la información del IVA de sus proveedores.
- Carga manual: es funcional para aquellos contribuyentes que realizan un menor número de operaciones, o bien, aquellos que ya realizaron una carga batch y adicionalmente necesitan capturar nuevos registros.
- Es posible enviar más de 40 mil registros sin necesidad de acudir a una oficina del SAT.
- Obtienes el acuse de recibo como constancia de su presentación.
Para presentar la declaración, se puede acceder mediante a este sitio , disponible para declaraciones del ejercicio 2025 en adelante y extemporáneas del ejercicio 2024 y anteriores.
Por último, el SAT recordó a los contribuyentes que tengan actualizadas sus obligaciones fiscales o, en su caso, realizar el cambio correspondiente mediante el “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”, que se presenta a través del Portal del SAT.