El plazo para presentar la declaración anual de impuestos está en su etapa final para las personas físicas, por lo que aún estás a tiempo para cumplir con esta obligación fiscal.
Más de 5 millones de contribuyentes piden saldo a favor al SAT

Una de las ventajas de hacer tu declaración de impuestos es que puedes hacer deducciones de gastos que hayas realizado en el ejercicio fiscal previo, siempre y cuando estén relacionados con tu actividad económica.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que hasta la mañana del 21 de abril, poco más de 7.35 millones de personas físicas ya cumplieron con esta obligación, de los cuales el 75%, es decir 5.51 millones, ha solicitado su saldo a favor.
El SAT añadió que ya revisó 2.8 millones de las peticiones, y que ya ha realizado devoluciones por 15,106 millones de pesos en el periodo de referencia. Sin embargo no detalló cuántas de estas solicitudes han sido rechazadas.
"El tiempo promedio en que se hace la devolución es de ocho días hábiles, plazo menor al que establece el Código Fiscal de la Federación, que es de 40 días hábiles posteriores a la solicitud", detalló el SAT en un comunicado.
Es importante mencionar que no todas las peticiones se convierten en devolución automática, pues el fisco puede solicitar información adicional para poder validar este proceso.
¿Por qué no me han depositado mi devolución del SAT?
El SAT ha descartado que existan retrasos con los depósitos a los contribuyentes.
Pero si crees que tu devolución se está tardando más de lo normal, es probable que el SAT haya encontrado uno o varios errores o una inconsistencia en tu declaración relacionada con tus ingresos, gastos y/o deducciones.
“Dentro del periodo de 40 días, la autoridad puede pedirte información, datos, informes o documentos adicionales si lo considera necesario, este requerimiento se hace entro los primeros 20 días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud de saldo a favor; el contribuyente tiene 20 días para presentar lo solicitado, en caso de no hacerlo, se considera por desistida la devolución, y ese requerimiento suspende el plazo de los 40 días hábiles. En este sentido, la autoridad podrá por única ocasión efectuar un segundo requerimiento dentro de los 10 días hábiles siguientes”, comentó recientemente a Expansión Gilberto Camacho Botello, titular en funciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).