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Regulador multa al AICM por “discriminación de trato” en taxis

La Cofece acusó al AICM de establecer cláusulas discriminatorias en los contratos celebrados con los prestadores del servicio de taxi.
mié 14 septiembre 2016 01:37 PM
Prácticas monopólicas
Prácticas monopólicas En 2006, el AICM recibió una recomendación en la que se le solicitó suprimir exclusividad en el servicio de taxis.

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) resolvió sancionar al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) con más de 63 millones de pesos por práctica monopólica en el mercado de servicio de taxi.

El regulador indica que la práctica cometida es una “discriminación de trato” que consistió en el establecimiento de cláusulas discriminatorias en los contratos celebrados entre el AICM y los prestadores del servicio de taxi que han operado en este aeropuerto con el objeto y efecto de impedir la entrada de nuevos competidores.

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"Dicha conducta tuvo por objeto y efecto impedir el acceso de nuevos agentes económicos que pudieran prestar el servicio de taxi para competir con los existentes, así como establecer ventajas exclusivas para determinadas agrupaciones que ya proporcionaban el servicio, lo que generó un daño al proceso de competencia y libre concurrencia", señala el regulador en un comunicado.

Para prestar el servicio de taxi en la terminal aérea se debe tener un permiso expedido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y a su vez celebrar con el AICM un contrato de acceso a la zona, informó la Cofece en el documento.

De acuerdo con el organismo regulador, el AICM presentó algunos compromisos y solicitó el cierre anticipado del expediente; sin embargo, se determinó que las acciones contempladas no eran suficientes para suspender, suprimir, corregir o dejar sin efectos la práctica anticompetitiva.

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EL AICM deberá:

  • Suprimir las cláusulas identificadas como anticompetitivas de contratos y convenios, impuestas a las agrupaciones y los permisionarios.
  • Asignar nuevos contratos de acceso a la zona federal, además, los contratos de prestación de servicios deberán celebrarse mediante una licitación o concurso previamente consultado con la Cofece.
  • Modificar el Manual para la Comercialización de Servicios Aeroportuarios del AICM.

El AICM deberá presentar a la Cofece, dentro del plazo establecido en la resolución, los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Comisión.

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