El IFT autoriza servicio de acceso inalámbrico a diversos concesionarios
El pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) autorizó en una sesión extraordinaria el servicio de acceso inalámbrico en diversas concesiones para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico en el rango de frecuencias 2500-2690 MegaHertz (MHz).
Además, resolvió la transición de sus títulos para instalar, operar y explotar redes públicas de telecomunicaciones, a la concesión única para uso comercial.
Las concesiones fueron modificadas y prorrogadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) en septiembre de 2013, antes de la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, las cuales habilitaban a sus titulares para prestar el servicio de televisión y audio restringidos y, en algunos casos, transmisión de datos, vía la tecnología multicanal de distribución multipunto, dijo el regulador.
La política de planeación espectral establecida en su momento por la SCT y, luego, por el IFT, determinó que el uso de la banda de frecuencias 2500-2690 MHz fuera para el servicio de acceso inalámbrico de banda ancha.
Por ello, las concesiones para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias que se prorrogaron y modificaron en 2013 consideraban la obligación de prestar en un futuro el servicio de acceso inalámbrico, señaló la institución.
De manera adicional, las concesiones para instalar, operar y explotar redes públicas de telecomunicaciones que se otorgaron también en 2013, asociadas a las concesiones de bandas de frecuencias señaladas, establecían la obligación de transitar a la concesión única, situación que el pleno del Ifetel autorizó en la misma sesión extraordinaria.
Dado que las condiciones de operación bajo las cuales se otorgaron los títulos para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico en 2013 no hacen viable la prestación del servicio de acceso inalámbrico, el Ifetel autorizó el otorgamiento de nuevos títulos, con las vigencias originalmente otorgadas.
De esta manera, los concesionarios involucrados deberán aceptar previamente las nuevas condiciones que al efecto se establezcan, así como acreditar el monto de contraprestación por concepto de la autorización del servicio de acceso inalámbrico fijado.
Por último, el organismo estableció a los concesionarios un plazo pertinente para el despliegue de la red, mediante la cual se prestará el servicio de acceso inalámbrico autorizado, a través de la explotación de los segmentos concesionados dentro de la citada banda de frecuencias.