Profeco gana: Casas ARA debe pagar a clientes por incumplimientos
CIUDAD DE MÉXICO - La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó este martes que ganó la demanda colectiva en contra de Casas ARA, por lo que la empresa deberá pagar daños y perjuicios a los consumidores afectados, más 20% como indemnización.
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"Después de varios años con la substanciación del juicio colectivo, el H. Segundo Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, condenó a “Casas ARA” a otorgar estos beneficios a todos aquellos consumidores que hayan o no presentado queja ante Profeco y que fueron afectados en su patrimonio por las mismas conductas abusivas por parte de la proveedora", informó Profeco en un comunicado.
Desde 2010, la Profeco recibió quejas a nivel nacional en contra de Casas ARAa por la extemporaneidad en la entrega de inmuebles y por no cumplir con las condiciones, calidades y características ofrecidas, por lo que en 2012 la procuraduría del consumidor promovió una demanda grupal representando inicialmente a 43 clientes.
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"La Profeco invita a los consumidores en México que se vieron afectados por el proveedor en el periodo comprendido de 2010 a la fecha, que se sumen a los beneficios de la acción grupal", detalló, ofreciendo la dirección de correo acolectivas@profeco.gob.mx, y el enlace acolectivas.profeco.gob.mx
ARA aclara alcance de la sentencia
El consorcio especificó que los clientes beneficiados por la demanda colectiva emprendida por la Profeco sólo incluye a quienes hayan adquirido una vivienda entre 2010 y marzo de 2012.
Aclaró que la sentencia "solo beneficia a quien: i) acredite haber adquirido una vivienda durante el período comprendido de 2010 hasta el mes de marzo de 2012, ii) no se le haya entregado su vivienda dentro del período pactado, y/o iii) no se le haya entregado conforme a las características, condiciones y calidad convenidas".
ARA añadió que el consumidor que se sienta afectado, debe centrar su reclamo estrictamente en los supuestos señalados en el punto anterior a través de un juicio diverso, en el cual se deberá cumplir las formalidades respectivas, por lo que los posibles beneficios tendrían que ser reclamados directamente por los clientes.