Según el documento, el Memorandum de Entendimiento firmado por el gobierno de México y el de Emiratos Árabes Unidos en 2016, "quienes negociaron, participaron y suscribieron" el acuerdo (la SCT, la Dirección de Aeronáutica Civil) no tenían "la competencia debida" y no se cumplió los "requisitos constitucionales, convencionales y legales para ello".
Esta resolución elimina los efectos del Memorandum de Entendimiento y, aun cuando Emirates solicite la revisión, la decisión no puede ser revertida hasta que se resuelva el juicio de amparo de fondo, lo que puede tomar meses.
"En consecuencia, los efectos de la protección Federal son para que las autoridades responsables: se abstengan de realizar, al amparo de dicho memorándum, cualquier acto en relación con el Convenio sobre Servicios Aéreos entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de Emiratos Árabes Unidos, firmado en la ciudad de Abu Dhabi, el 10 de octubre de 2012, hasta en tanto se cumplan con las formalidades señaladas en el presente juicio de amparo", señala el documento, resuelto por la jueza Olga Lidia Treviño, jueza tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región.