Juan Pablo Gómez Fierro, juez segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, también ha otorgado una serie de suspensiones a la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, que ha levantado una serie de confrontaciones con el ejecutivo federal.
La reforma a la Ley de Hidrocarburos –secundaria de la reforma energética– es el primer cambio a nivel de ley promovido por el ejecutivo federal para modificar las reglas del mercado de petrolíferos y otros combustibles, para restringirlo a la iniciativa privada.
La medida aplica a efecto de suspender las consecuencias derivadas del artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, y los transitorios cuarto y sexto del decreto promovido desde presidencia.
Así, queda suspendida de manera temporal la posibilidad de que las instalaciones relacionadas con permisos suspendidos o cancelados sean ocupadas de manera temporal por las empresas estatales. Una de las medidas contenidas en la reforma que más preocupaba al sector privado.
Y también queda sin efecto la medida que establecía que a la entrada en vigor de la ley se procedería a la revocación de los permisos a privados que incumplan con el requisito de almacenamiento mínimo o incumplan con otros lineamientos que infrinjan las disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.
La medida es provisional porque solo estará vigente por el tiempo en que el juez decida si se otorgará o no la suspensión definitiva y posteriormente se resuelva el asunto de fondo.
La reforma promovida desde presidencia marca un cerco a los participantes privados, pues eleva los requisitos para la emisión de nuevos permisos y adhiere nuevos criterios para la cancelación de autorizaciones otorgadas de manera previa.
Los críticos de la reforma aseguran que el fin último de los cambios es devolver el protagonismo en el mercado de combustibles a la estatal Pemex.