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El IFT impugnará ante la Suprema Corte la creación del padrón de telefonía móvil

El órgano regulador dijo que no cuenta con los recursos para un padrón de usuarios de telefonía móvil, además de que crearlo afecta a las garantías de los artículos 6 y 7 de la Constitución.
mié 12 mayo 2021 05:43 PM
El IFT impugnará en contra del padrón de telefonía móvil
El IFT le hace segunda al INAI y asegura que va a interponer una controversia constitucional en contra del Panaut.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sigue los pasos del INAI e informa que presentará una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), debido a que lo considera inconstitucional.

"El acto legislativo contiene elementos que podrían contraponerse con el mandato del IFT de garantizar los derechos contenidos en los artículos 6 y 7 de la Constitución, así como de favorecer el acceso a los servicios de telecomunicaciones, que son derechos fundamentales", dijo el órgano regulador en un comunicado.

Además, el IFT refirió que no cuenta con los recursos necesarios para destinar al Panaut, que se supone recabará la información de los usuarios de telefonía e internet móvil.

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De acuerdo con la reforma, el padrón deberá ser instalado, operado, regulado y mantenido por el IFT, lo que implica destinar recursos de su propio presupuesto. Asimismo, será el que solicite a los concesionarios de telecomunicaciones la cancelación de las líneas telefónicas que no hayan sido registradas.

"Es importante destacar que, ni en la planeación presupuestal ni en el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2021, hay recursos asignados para poner en marcha el Panaut, al ser este último una obligación reciente de gasto generada durante el ejercicio en marcha", se lee en el documento.

El IFT pone sobre la mesa su autonomía y asegura que tienen la libertad de ejercer el presupuesto asignado (que este año fue de 1,510 millones de pesos) de la forma que más le convenga. Si bien, durante el ejercicio fiscal se pueden realizar adecuaciones, reducciones y ampliaciones a sus partidas y programa de gasto, esto solo podrá suceder cuando no se ponga en riesgo el cumplimiento de las metas del órgano regulador.

"El Pleno del IFT consideró que no existe justificación para que el legislador determine que el IFT deba realizar las acciones necesarias para que las erogaciones se hagan con cargo a su presupuesto aprobado en el presente ejercicio fiscal y subsecuentes", agregó.

El IFT no es la única entidad que decidió impugnar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nacional (SCJN) la creación del Panaut.

Hace unas semanas, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) decidió presentar una acción constitucional, después de que los comisionados se manifestaran en contra del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 16 de abril de 2021.

En la discusión en el INAI, los comisionados coincidieron en que el Panaut causa afectaciones a los Derechos Humanos de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales, y que no es necesaria la recolección de datos biométricos, pues ya existe el Registro Nacional de Población.

"La reforma a la Ley que ahora comentamos no establece con precisión cuáles datos biométricos son los que se entregarán para la integración del padrón y el procedimiento para acceder a ellos, por lo que podría vulnerarse también el principio de certeza jurídica", dijo el comisionado Adrián Alcalá.

La reforma aprobada indica que todas las personas que tengan un número celular están obligados a entregar datos personas como nombre, razón social, dirección, nacional, CURP y datos biométricos.

El registro deberá llevarse a cabo en un plazo de dos años, pero su implementación podría frenarse si la SCJN admite que esta reforma es anticonstitucional.

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