El tribunal argumentó que la nueva legislación no afecta por ahora a los productores privados, como sostuvo Gómez Fierro, porque estableció un transitorio de 180 días para ajustar todas las normas del sector, lo que aún no ocurre.
Este fallo se suma al del 1 de julio del Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica, que también revocó otra suspensión definitiva similar con el argumento que las disposiciones "no causan ningún daño a particulares".
Sin embargo, la reforma eléctrica permanecerá suspendida hasta que los tribunales resuelvan todas las suspensiones otorgadas por los dos juzgados de competencia económica, que se calculan en decenas.
Aun así, esta decisión es un respiro para la reforma que impulsó López Obrador para suministrar primero la energía de las plantas viejas y de combustibles fósiles de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las centrales privadas de renovables y de ciclo combinado.
También ordena revisar de forma retroactiva los permisos de autoabastecimiento y contratos previos del Gobierno con productores independientes de energía, además de cambiar las reglas de los Certificados de Energía Limpia (CEL) para darlos a plantas viejas de la CFE.
La reforma afronta además controversias constitucionales, por presuntamente violar la libertad de competencia que protege la Carta Magna, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) deberá resolver.
Ante las controversias legales, el presidente López Obrador anunció este miércoles una reforma constitucional para establecer que la CFE controle el 54% del mercado eléctrico nacional.
"No es desplazar al sector privado, es poner orden porque no se le puede dar el mismo trato a Repsol o a Odebrecht que a la Comisión Federal de Electricidad", justificó.