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La SCJN invalida el padrón de telefonía; plantea registrar líneas de prepago

Con la resolución, se garantiza el resguardo de la información de 129.8 millones de usuarios que tienen una línea telefónica.
lun 25 abril 2022 02:36 PM
Para la ministra Piña Hernández, el Panaut generará afectaciones a la privacidad de datos de los usuarios.
Para la ministra Piña Hernández, el Panaut generará afectaciones a la privacidad de datos de los usuarios.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó a favor para la inconstitucionalidad del proyecto del decreto por el que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) al argumentar que violaría el derecho a la privacidad y a la intimidad de los ciudadanos y no combatiría las extorsiones telefónicas. Sin embargo, se analizará el registro de líneas de prepago.

La votación a favor de invalidez total del Panaut fue por parte del Ministro Presidente, Arturo Zaldívar, así como por los ministros Norma Piña Hernández, Alfredo Gutiérrez Ortiz, Juan Luis González Alcántara, Javier Laynez y Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo, Loretta Ortiz,

A favor, parcialmente de los ministros Margarita Ríos Farjat y Alberto Pérez Dayán, quienes proponen un Padrón de Telefonía para usuarios de prepago y acceso con control judicial, pero sin datos biométricos.

La ministra Ríos Farjat expuso que el registro de telefonía sí podría ser aplicable para las líneas de prepago para que exista orden judicial, debido a que este tipo de modalidad es la que tiene mayor tendencia a enfrentar extorsiones, toda vez que los usuarios no están obligados entregar información personal a diferencia de las líneas de pospago.

“Me parece que lo que busca el registro es que no haya una sola línea sin datos del dueño pero exigir datos biométricos genera intromisión desproporcionada en los datos personales, pero muchos de esos datos ya se proporcionan para la contratación de otros servicios como tarjeta de crédito, telefonía fija, entre otros”, consideró la Ministra Fajart.

El ministro Javier Laynez detalló que si bien es cierto que los ciudadanos ya entregan datos biométricos, los usuarios parten del consentimiento; sin embargo, no significa que eso no violente los derechos de las personas.

La resolución se da luego del proyecto que presentó la ministra Norma Piña Hernández, el cual argumenta que el Padrón de Telefonía no cuenta con una evaluación de impacto en la protección de la información de los consumidores.

En su intervención en la sesión de la SCJN, la ministra Piña expuso que el Padrón de Telefonía obliga a los 129.8 millones de usuarios que actualmente tienen un celular a entregar datos sensibles para conservar y acceder a una línea telefónica sin precisar el uso y tratamiento de dicha información.

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Lo anterior, aseguró la ministra Piña, derivará en una violación a lo derechos humanos y a la privacidad toda vez que el Estado no puede garantizar el resguardo total de la base de datos para evitar un posible hackeo o mal uso de la información de los ciudadanos.

Entre la información que los usuarios iban a estar obligados a entregar es: datos biométricos como huellas dactilares, reconocimiento facial y de iris, clave Única de Registro de Población (CURP), indicar si la línea fue contratada en la modalidad de prepago o pospago y proporcionar datos sobre nacionalidad en caso de ser extranjero.

"El tipo de información pasa directamente a posesión del Estado a través del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y en el decreto (para crear al Panaut) no existe un precepto que establezca un limite temporal para que el Estado tenga sus datos (de los usuarios)", dijo la ministra Piña.

Por su parte, el ministro Juan Luis González Alcántara señaló que la base de datos del Panaut no garantizaría la veracidad de la información, ya que para verificar dichos datos será necesario recurrir al padrón electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) que actualmente cuenta sólo con el 75% de la población.

“La veracidad de la información seguiría sin ser útil para disuadir a la delincuencia utilizando celulares con otros nombres o con ISM del extranjero para hacer llamadas telefónicas. El Panaut no supera la idoneidad y me resulta inconstitucional, se debe declarar la invalidez del proyecto”, advirtió.

Acotó que si el Estado busca contrarrestar el crimen de extorsiones es necesario buscar otros mecanismos para lograr dicho fin son que ponga el riesgo la privacidad e intimidad de los usuarios.

Renaut, el precedente del Panaut

El ministro, Juan Luis Gonzáles comentó que el Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones (Renaut), cuya base de datos operó durante la administración de Felipe Calderón, no ayudó a combatir las extorsiones y sí a aumentar la vulneración de la información de los usuarios debido a que los datos terminaron en el mercado negro. También el Panaut daría pauta a un nuevo mercado de tráfico de tarjetas SIM para el crimen organizado que podrían importarse desde Estados Unidos en donde no existe este padrón.

“La experiencia del Renaut creado es un buen ejemplo de esto puso en mayor riesgo a los ciudadanos por eso en 2011 se destruyó. Una vez que se pierde el control de los datos es prácticamente imposible recuperarlos”, aseveró el ministro González.

Para el ministro, Luis María Aguilar Morales, si bien el Padrón puede ser una herramienta para evitar el anonimato, no dejó de advertir que la persona que comete un delito no es necesariamente la que aparecerá en el registro.

"Considero que la intromisión a la intimidad y protección de datos sensibles debe ser analizada a la luz de un escrutinio distinto al de acceso a datos personales", aseguró.

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