La Secretaría de Salud ha señalado al tabaquismo como un tema de salud pública, igual que la obesidad, y ha colaborado con otros entes de gobierno para regular algunos factores que propician el consumo de las cajetillas de cigarro o de alimentos altamente procesados, como la publicidad.
En México fallecen 51,000 personas al año, es decir, 141 al día por tabaquismo, según datos compartidos durante el foro virtual “Control y regulación del tabaco en México: un asunto de salud pública”, realizado en 2020, en medio de la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. El tabaquismo era un factor de riesgo para los pacientes de la enfermedad.
Rodrigo Escartín, abogado experto en temas de propiedad intelectual del despacho Escartín Abogados, confirma que sin la posibilidad de exhibición, las empresas tabacaleras que comercializan cigarros o puros, tendrán un reto para dar a conocer a los consumidores que tienen una nueva línea de producto.
“Algunas marcas pueden considerar que si se prohíbe que se exhiba su producto en el punto de venta pierden valor. (La medida) limita el impacto que tienen los signos distintivos de una marca”, explica.
En caso de que una empresa decidiera poner al alcance de los compradores nuevas marcas de cigarros, puros y otros productos de tabaco, tendría que recorrer un camino complejo para darse a conocer, frente a otras marcas ya muy posicionadas, gracias a que durante décadas se exhibieron libremente en el mercado.
Marlboro es la marca con mayor peso en el mercado mexicano, con una participación de 52.6%, seguida de Pall Mall con el 17.4 y Delicados con el 7%, mientras que el resto de las marcas tienen el porcentaje restante, de acuerdo con Statista.
“Cómo se van a enterar los consumidores de que existen nuevas marcas. La medida, de alguna forma, está impidiendo el libre mercado o afectando la competencia”, dice Escartín. “No pueden entrar nuevas marcas porque cómo van a vender si nadie las ubica”, añade.
Luis Manuel Rodríguez Rivero, socio del despacho Ledesma & Rodríguez Rivero, coincide en que la reforma al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco impacta la libertad comercial, libre competencia y libre concurrencia, que son los tres factores importantes para garantizar la competencia económica.
El especialista en Derecho Constitucional, Juicio de Amparo y Competencia Económica explica que la medid le restringe al consumidor la capacidad de selección de un producto cuando va a comprar, y el que no puedan exhibirse todas las marcas implica una "barrera a la competencia", es decir una limitante para el acceso de nuevos participantes al mercado o para que puedan competir en libre competencia y libre concurrencia.
¿Un golpe a la propiedad intelectual?
La prohibición total de la publicidad, patrocinio, promoción y exhibición de los productos de cigarros en cualquier medio también afecta a la propiedad intelectual de las empresas, señala Carlos Hernández, socio de BC&B
El abogado explica que al limitar la exhibición de las cajetillas de cigarro en los locales comerciales, las marcas que se encuentran debidamente registradas no se “usarían” de acuerdo a lo establecido por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, lo que abriría paso a cancelaciones de registros por falta de uso.
“Si bien la publicidad estaba prohibida de manera previa a las modificaciones al reglamento de la ley de tabaco, no estaba previsto que no pudiesen ser mostrados, y cuando alguien no exhibe en una tienda el producto se dificulta saber si la marca está en uso”, comenta.