“En el momento en el que se licite un área, lo que dice la ley es que se va a otorgar al mejor postor, al que pague más, ¿qué significa? Que para efectos prácticos, la pequeña minería va a quedar fuera, nunca va a tener recursos suficientes para ofrecer más que empresas de mayor tamaño”, agrega.
Amparos, cancelación y delitos
Antes de publicarse en el DOF, la Camimex advirtió que, de no abrirse un diálogo “lógico y técnico”, las empresas se verían en la necesidad de acudir a las autoridades correspondientes y a promover amparos. Expansión conversó con una minera que, asegura, analiza la vía legal para interponer este recurso, pues considera que las causales de cancelación no están especificadas.
Desde la óptica de Rodríguez Matus, algunas causales son “subjetivas y pueden dar lugar a la interpretación”, por lo que subraya que es necesario precisarlas.
“Hace falta mucha precisión. El gran reto es generar certeza y seguridad jurídica, entonces, necesitamos precisar la regulación. Las causales de cancelación están directamente relacionadas con las nuevas obligaciones. Hace falta precisar los términos de la reforma, hace falta regular todo lo que se dice en la ley para generar entendimiento entre autoridad, sociedad y empresas”, argumenta.
Al mismo tiempo, el decreto adiciona el capítulo décimo ‘De los delitos’, que sancionará con penas de cinco a 10 años de prisión y una multa del 5% del total de sus ingresos anuales más 10,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Este capítulo no existía.
La situación se da en medio de un sector que ha visto disminuido el territorio para esta actividad a lo largo del actual sexenio. En 2018 estaba concesionado el 10.6% del país, cifra que descendió a 8.5% en el último año, según datos de la SE.
¿Los aspectos positivos?
Alfredo Phillips, vicepresidente de Asuntos Corporativos y Environmental Social and Governance de Argonaut Gold, destaca que si bien son varios los puntos que generan incertidumbre en torno a la reforma, sí posee aspectos positivos, como que hace un mayor énfasis en el bienestar de las comunidades cercanas a donde se realiza la actividad.
“Estoy dando un ejemplo de las cosas positivas que trae, pero hay cosas que generan confusión e incertidumbre y que creo que, con el tiempo, se tendrán que ir resolviendo, pues hay cosas que generan preocupación de lleno, como lo de exploración”, añade.
Faysal Rodríguez, vicepresidente senior de Torex Gold México, resalta que desde el complejo que opera en Guerrero, denominado como Morelos, las actividades continuarán con normalidad, adoptando una postura “pragmática” frente a los nuevos lineamientos.
“En lo general, en la industria minera vamos a seguir operando como lo venimos haciendo. Obviamente, estas nuevas disposiciones nos retan a mejorar más nuestros controles ambientales, cultura de seguridad, de calidad y en cómo hacemos las cosas, pero, al final, vemos estos cambios con pragmatismo y seguiremos operando tal como lo hemos hecho”, agrega Rodríguez.
No obstante, estas dos mineras, así como Cuzcatlán, ponen sus esperanzas en que los puntos que están sin detallar puedan quedar esclarecidos en el Reglamento de la Ley, el cual deberá elaborarse e incorporarse en los siguientes 180 días posteriores a su publicación en el DOF.
Fresnillo plc también se suma a dicho listado, pues en un comunicado enviado a la Bolsa Mexicana de Valores menciona que “ciertos aspectos de la nueva ley pueden requerir aclaraciones adicionales por parte del regulador”, lo que se solucionaría a través de leyes reglamentarias que aún no se han emitido.
Legisladores de oposición han señalado que buscarán controvertir la reforma, ya que también modifica la Ley de Aguas Nacionales, la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y agua. Entre los argumentos, destacan que fue aprobada vía fast track, por lo que la instancia encargada de llevar a cabo el procedimiento sería la Suprema Corte de Justicia de la Nación.