¿Las deudas se heredan?
Jesús David Chávez Ugalde, director de Análisis y Estadísticas de Servicios y Productos Financieros, explica que la forma en la que se herede una deuda dependerá del servicio financiero que se haya adquirido. Los productos bancarios -como tarjetas de crédito-, así como los de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) llevan aparejado un seguro de vida o de daños, siempre y cuando éste esté activo, la deuda se liquida al momento del fallecimiento.
"Cuando hay un seguro, yo heredo la deuda, pero en automático se paga y entonces queda finiquitada, con lo que solo heredo el bien. Pero en caso de no existir un seguro o que éste no se encuentre vigente, se hereda la responsabilidad de pagar esa deuda", detalla Chávez.
Sin embargo, aclara que el dinero para pagar la deuda no tiene que salir de la bolsa del heredero, salvo que éste así lo decida, sino que el cobro se hace sobre la masa hereditaria, es decir, los bienes del difunto.
“Luego la gente piensa que hereda y que va a tener que sacar de su bolsa para pagar, y aunque puede que el heredero decida hacerlo porque está interesado en el bien y tiene la posibilidad de seguir pagando mensualidades o liquidar, la realidad es que se va contra la masa hereditaria o lo que era del difunto”, agrega el especialista.
¿Qué pasa si heredo una deuda que no puedo pagar?
Aunque las instituciones estén obligadas a dar un seguro de vida cuando se otorga un crédito, puede darse el caso de que el titular no haya pagado el seguro, con lo que no se encontrará activo y en caso de fallecimiento la deuda no será cubierta de inmediato.
Uno de los escenarios que se pueden presentar en este caso es que el heredero no tenga los medios para pagar la deuda aunque esté interesado el conservar el bien. Chávez pone como ejemplo un crédito hipotecario, en este caso el banco puede rematar el inmueble y de ahí cobrarse, si no es suficiente, no es problema del heredero, pues el especialista recalca que la deuda se paga sobre la masa hereditaria.
Cuando un bien se remata, también puede pasar que sobre dinero de la transacción, en este caso el organismo que brindó el crédito toma la parte que se le adeuda y el resto se entrega al heredero.