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¿Cancelaron tu paquete vacacional? Esto es lo que debes hacer

Al levantar tu queja ante Profeco, puedes recibir una compensación no menor al 20% del costo del servicio en caso de que una agencia de vacaciones te quede mal.
mié 14 diciembre 2022 11:00 AM
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En caso de que un proveedor de servicios te quede mal, puedes apoyarte en la Profeco.

Si en este periodo vacacional un proveedor de servicios turísticos te queda mal, no te quedes con los brazos cruzados. Peudes levantar una queja y recibir una compensación.

De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor( Profeco), las empresas que ofrecen paquetes turísticos están obligadas a respetar sus precios, tarifas, términos, plazos, modalidades, fechas, reservaciones y de más condiciones.

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Ante alguna falta, como la aplicación de prácticas comerciales abusivas, cobro de cargos no autorizados o la cancelación sin respetar las condiciones, la Profeco brinda asesoría y atención a las quejas que los consumidores presentan sobre este tipo de proveedores.

La Profeco detalla que en caso de que te hayan cancelado un paquete vacacional, tienes hasta un año para levantar tu queja.

Para levantar la queja necesitas ubicar la oficina de defensa del consumidor, ya sea por internet en https://www.gob.mx/profeco/acciones-y-programas/oficinas-de-defensa-del-consumidor-en-el-pais , por teléfono al 55 55 68 87 22 y 800 468 8722 o vía WhatsApp al 55 80 78 04 85, 55 80 78 03 44 y 55 80 78 04 88. Para continuar con el proceso se solicita lo siguiente:

  • Proporcionar tu nombre y domicilio
  • Presentar una identificación oficial
  • Contrato, recibo o comprobante de la prestación del servicio
  • Nombre y domicilio del proveedor (en caso de no aparecer en el recibo, señalar el lugar en el que puede ser localizado)
  • Descripción del servicio que se reclama así como de los hechos que dieron lugar a la queja

Con esta información, la Profeco contactará al proveedor y buscará que le ofrezcan una solución al consumidor.

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La Profeco detalla que, generalmente, el consumidor tendrá derecho a una bonificación o compensación cuando la prestación del servicio se deficiente, no se preste o proporcione por causas imputables al proveedor o por los demás casos previstos en la ley. La bonificación no podrá ser menor al 20% del servicio pagado.

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