Tipos de ahorro voluntario según la CONSAR
1. Corto Plazo
Estas aportaciones se invierten con un horizonte de corto plazo y no son deducibles de impuestos. Por ejemplo, si piensas utilizar el dinero en un periodo corto, ésta sería la mejor opción porque podrás disponer del ahorro prácticamente de manera inmediata*. Conoce aquí cómo hacer Ahorro Voluntario en establecimientos comerciales y en canales digitales , así como la disposición de este mismo ahorro .
2. Aportaciones de largo plazo
En este tipo de ahorro la inversión debe permanecer en la cuenta individual un mínimo de 5 años para que le aplique el estímulo fiscal** (deducibilidad). Recuerda que entre más tiempo se quede invertido el ahorro, mayores ganancias generará y podrías alcanzar más fácilmente tus metas. Conoce aquí los beneficios fiscales .
3. Complementarias de Retiro
En este tipo de ahorro la inversión debe permanecer en la cuenta individual hasta que el titular tenga derecho a disponer de las aportaciones obligatorias. Es deducible de impuestos en la declaración anual. Debe permanecer invertido hasta los 65 años de edad para que al momento del retiro le aplique el beneficio fiscal (exención). Conoce aquí los beneficios fiscales .
4. Perspectiva de inversión a Largo Plazo.
Son aportaciones adicionales a tu cuenta individual con las que puedes complementar tu Ahorro para el Retiro. Con este tipo de ahorro podrás deducir en tu declaración fiscal tus Aportaciones Voluntarias de tu ingreso acumulable. Debe permanecer invertido hasta los 65 años de edad para que al momento del retiro le aplique el beneficio fiscal (exención). Conoce aquí los beneficios fiscales .