Los jubilados que nunca solicitaron un crédito en el instituto o terminaron de pagarlo y aún tienen saldo en la subcuenta de vivienda, pueden solicitar ese dinero. No existe un plazo fatal para hacer el trámite.
Si en un plazo de nueve años los jubilados no han solicitado la devolución del saldo de la subcuenta de vivienda, Infonavit notificará vía correo electrónico o mensaje texto para que lleve a cabo la solicitud.
¿Cómo solicitar la devolución?
El trámite de devolución se puede hacer en Mi Cuenta Infonavit.
Para ello es necesario tener vigente la firma electrónica avanzada (e-firma) ante el SAT, proporcionar la cuenta bancaria a nombre del solicitante y contar con una resolución de pensión expedida por el Seguro Social.
El Infonavit pone a disposición de la gente los centros de servicio Infonavit (Cesi) en caso de dudas o de no contar con algún requisito.
¿En qué régimen estás inscrito?
Los trabajadores que estén en el régimen 73 recibirán la devolución directamente en su cuenta bancaria todos los recursos disponibles en el Infonavit, junto con los rendimientos correspondientes.
Quien esté en el régimen 97, los trabajadores que comenzaron a laborar después del 1 de julio de 1997, los recursos de la subcuenta de vivienda son enviados a la Afore para sumarse al monto de su pensión.
Mientras que quien tenga recursos en el Fondo de Ahorro 72-92 o subcuenta de vivienda Solo Infonavit, deben solicitar la devolución de fondos en el instituto.