Este rubro está normado por la Ley del Impuesto Sobre la Renta en el Capítulo I en su artículo 94 que indica los ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral.
¿Qué ingresos están exentos de impuestos?
Los ingresos exentos son aquellos que recibe el trabajador, y que, de acuerdo a su tratamiento fiscal, se tiene el derecho de no gravar impuesto por ellos, de acuerdo con información de Cofide.
1. Aguinaldo: La gratificación que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de labores. Será exento el valor diario de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) elevada a 30 días.
2. Tiempo extraordinario. De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo , los trabajadores que perciban el salario mínimo se les eximirá el tiempo extra permitido, que son tres horas diarias sin exceder de nueve a la semana.
Para los demás trabajadores hasta 50% de las percepciones y sin que esta exención exceda 5 UMAS por cada semana de servicios.
3. Prima vacacional. Se encuentra exenta hasta el equivalente a 15 UMAS, cuando dicha prestación se otorgue de manera general.
4. Prima dominical. Se encuentra exenta hasta 1 UMA por cada domingo que se labore.
5. Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU). Se encuentra exenta cuando dicha prestación se otorgue de manera general, hasta por 15 UMAS.