“Todos los trabajadores, sin excepción, ya sea de confianza, de planta, por obra o tiempo determinado, con base en la ley deben recibir aguinaldo”, explicó Juan Edgardo Beltrán Ávila, integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal 3 del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).
En el caso de quien trabaja como freelance, “no hay una relación laboral como tal, por lo tanto no hay una obligación de aguinaldo. Si el empleador se lo quiere dar, tampoco está limitado a no dárselo”, añadió el contador Beltrán Ávila.
¿Cómo calcular el aguinaldo proporcional?
La LFT establece que los trabajadores tienen derecho a recibir, por lo menos, “15 días de salario” antes del 20 de diciembre.
Si laboraste el año completo, no tienes problema, pues recibirás una quincena, o más si así está estipulado en tu contrato, de aguinaldo. Si ganas 10,000 pesos mensuales, se divide entre 30 -los días del mes-, el resultado, 333.33 pesos diarios, se multiplica por 15 (una quincena) y el resultado es 5,000 pesos.
En caso de que hayas trabajado una parte del año, así puedes calcular la parte proporcional que tienes que recibir.
Si seguimos con el ejemplo de percibir 10,000 pesos mensuales, se divide 5,000 entre 365 (los días del año), el resultado es 0.041 y esto se multiplica por el número de días laborados.