Durante abril las personas físicas deben presentar su declaración anual de impuestos, si contemplas tener saldo a favor, esta información te interesa.
Durante abril las personas físicas deben presentar su declaración anual de impuestos, si contemplas tener saldo a favor, esta información te interesa.
De acuerdo al Servicio de Administración Tributaria (SAT), el saldo a favor está contemplado en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, donde se estipula que si pagaste más impuestos de los obligados tienes derecho a una devolución.
“Cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan. Cuando se efectua el cálculo de tus impuestos y resulta que pagaste más de lo que debías, puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad excedente”, detalla el fisco en su página de internet.
El fisco anunció que ha facilitado el proceso de devolución para hacerlo de manera automática para los siguientes supuestos:
La cuenta CLABE de 18 dígitos deberá estar activa y a nombre del contribuyente como titular, así como la denominación de la institución integrante del sistema financiero a la que corresponda dicha cuenta, para que, en caso de que proceda el importe autorizado en devolución sea depositado en la misma.
La cuenta CLABE es única por contribuyente, es decir, no puede ser manifestada por ningún otro contribuyente.
Si estás entre los supuestos mencionados, el SAT tiene 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante el fisco para hacerte el depósito.
El SAT sugiere ingresar a su portal en la parte de "devoluciones y compensaciones", y seleccionar “motivos de inconsistencia”, donde se indicarán las inconsistencias de la devolución automática.
Para hacer esta consulta es importante que tengas a la mano tu e.firma y contraseña.