El SAT informó que los pagos de colegiaturas en instituciones educativas privadas y el transporte escolar son conceptos deducibles de impuestos. Para hacer válido este beneficio las escuelas deben contar con reconocimiento de validez oficial de estudios y el transporte escolar deberá ser obligatorio o incluirse como gasto dentro de la colegiatura.
El SAT alerta a quienes deducen colegiaturas y transporte escolar
La deducción de impuestos es conforme al nivel que se curse y de acuerdo a las escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales. Los límites anuales son los siguientes:
Preescolar: 14,200 pesos
Primaria: 12,900 pesos
Secundaria: 19,900 pesos
Profesional técnico: 17,100 pesos
Bachillerato o equivalente: 24,500 pesos
#ComunicadoSAT
— SATMX (@SATMX) August 26, 2024
El SAT recuerda a las personas físicas que los pagos por colegiaturas y por transporte escolar, cuando este sea obligatorio, son conceptos deducibles en la declaración anual. Para ello, deben solicitar factura a la institución educativa con el complemento de… pic.twitter.com/l9LYR21nve
¿Qué necesito para deducir la colegiatura y el transporte escolar?
Solo las personas físicas que incluyan el complemento de colegiaturas por la institución educativa podrán acceder a este beneficio. Este aplica también para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes y descendentes en línea directa.
El pago deberá hacerse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde la cuenta bancaria del contribuyente, tarjeta de crédito, débito o de servicios. Si es en efectivo, no procede la deducción.
¿Es necesaria la Constancia de Situación Fiscal?
De acuerdo con el SAT, todos los negocios están obligados a emitir una factura al momento de la operación, para esto solo necesitas RFC, nombre completo, código postal, régimen fiscal y el uso de la factura.
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