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Puedes heredar tus redes sociales y sitios web en un testamento digital

Los testamentos digitales brindan una opción de heredar redes sociales, páginas web o cualquier bien digital a las personas que elijas. Sin embargo, esta modalidad no está disponible en todo México.
lun 30 septiembre 2024 02:27 PM
Testamento digital
El testamento digital se refiere a la creación de un nuevo legado de bienes o derechos digitales o medios electrónicos.

A la hora de realizar un testamento, generalmente se describen bienes físicos como objetos de valor o inmuebles, o incluso derechos, como en las obras artísticas y comerciales. Con el avance de la tecnología, los documentos digitales también pueden ofrecer un bien heredable para las personas.

A ello se le conoce como testamento digital, así es como funciona.

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¿Qué es el testamento digital?

El testamento digital se refiere a la creación de un nuevo legado de bienes o derechos digitales o medios electrónicos. De acuerdo con el contador Roberto Iván Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, no se trata de algo nuevo, es una modificación realizada en agosto de 2021 al Código Civil de Ciudad de México.

“Básicamente es una es una adecuación o una inclusión del Artículo 2392 Bit, donde señala que precisamente el legado, es decir, los bienes que deja el testador, pueden incluir también la titularidad de de bienes o derechos digitales que estén almacenados en algún equipo de cómputo, en un servidor ,en una plataforma digital o bien en algún dispositivo electrónico.”

El testamento digital incluye conceptos como:

  • cuentas de correo electrónico,
  • sitios/dominios web,
  • fotografías,
  • videos,
  • textos,
  • cuentas de redes sociales,
  • claves de cuentas bancarias o de valores,
  • aplicaciones,
  • licencias de programas.

Entre otros. El contador Roberto Colín menciona que estos documentos pueden ser resguardados por un notario en un apéndice del testamento, donde será necesario incluir las claves de usuarios y contraseñas que se requieran para su acceso. O bien, entregar un medio de almacenamiento donde estén los bienes.

¿Se hace de forma diferente al testamento tradicional?

De hecho no, es un proceso similar al tradicional. Se solicita a través de un notario que brindará el protocolo necesario para que el testamento tenga validez. El testador deberá mencionar de los bienes digitales que quiere disponer y su acceso.

En caso de que los perfiles tengan una especie de seudónimo, es necesario comprobar la titularidad de los bienes, ya que no se podrá heredar cuentas que sean de terceros.

¿Está disponible en México?

De momento está disponible en la Ciudad de México. Para que los demás estados lo puedan aplicar legalmente, deberán de realizar modificaciones en sus Códigos Civiles, menciona el especialista.

¿Qué pasa si los archivos digitales no se incluyen en el testamento?

“En el caso de que de que el testador no haya dispuesto en su testamento nada sobre este tipo de bienes digitales, el albacea pudiera solicitar la eliminación. Y esto pues básicamente con la finalidad de salvaguardar lo que se conoce como derecho al olvido a favor del autor”, dice el contador.

El derecho al olvido, también conocido como derecho de supresión, refiere al derecho de impedir la difusión de información personal a través de internet. En el artículo El ejercicio del derecho al olvido en México , el abogado José Juan Guzmán Camacho, menciona que se refiere al tratamiento de los datos personales. La información puede estar desactualizada, excesiva, o ya no es pertinente.

En estos casos, el albacea podrá solicitar la eliminación a cada una de las plataformas.

Otra posibilidad para otorgar los bienes digitales no testados, es mediante un juicio sucesorio.

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