¿Qué pasa si no dejo testamento?
Bajo el supuesto de que no hayas hecho un testamento, la ley establece quiénes serían las y los herederos, así como la proporción correspondiente. Cabe señalar que esta distribución puede no coincidir con la voluntad de la persona fallecida y que no formuló el testamento.
En estos casos, se inicia un juicio sucesorio intestamentario en el que se convoca a todas aquellas personas que se sientan con el derecho de heredar, para hacer la declaración de herederos.
Pueden ser:
- Descendientes.
- Cónyuge, concubina y concubinario.
- Ascendientes.
- Parientes colaterales hasta el cuarto grado.
Se designa un albacea y se realiza un inventario y avalúo de los bienes. Posteriormente se realiza un proyecto de partición, donde se llega a un acuerdo y resolución.
Al final, se entregan dichos bienes a los herederos.
Esta situación puede ser más complicada para las personas de la pérdida familiar, debido a los gatos, tiempo y posibles conflictos que atraviesan al pasar por un proceso intestado.
Con testamento, el procedimiento es directamente por la vía judicial o notaría para buscar el documento y se apertura la sucesión. Ahí se nombra al albacea definido, se realiza el inventario y avalúo de los bienes, se administran y reparten entre los herederos de acuerdo con la voluntad.
¿A qué edad puedo realizar mi testamento?
En México, hay diferentes edades para testar según los gobiernos estatales. Te compartimos la lista de 2024.
¿Es necesario preparar una lista de bienes para hacer mi testamento?
No es necesario, siempre y cuando el testador quiera heredar algo en específico a alguien. En ese caso, deberá mencionar al notario o a la notaría la ubicación exacta del inmueble o identificar con precisión el bien mueble (joyas, autos, libros, etc.) del que se tratará, y el nombre completo de la persona a la que se le entregará.