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¿Qué es la Pensión de Ascendientes del IMSS y quién puede solicitarla?

Cuando un trabajador fallece puede dejarle una pensión a su padre o madre, siempre y cuando se acrediten ciertos requisitos.
jue 06 febrero 2025 04:15 PM
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Aunque los padres pueden recibir una pensión, como resultado del fallecimiento del trabajador, esto está sujeto a que no existan otros dependientes como cónyuge o hijos.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece la Pensión de Ascendientes a los padres de un asegurado o pensionado fallecido, siempre que dependieran económicamente de él y que no existan otros beneficiarios con derecho a la pensión, como cónyuges o hijos.

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¿Quiénes pueden solicitar la pensión?

Si dependías económicamente de tu hijo, puedes solicitar pensión de ascendientes, que se otorga a cada uno de los padres. Pero se deben cumplir estos requisitos:

  • Acreditar el vínculo filial con la persona fallecida.
  • Demostrar dependencia económica del asegurado o pensionado fallecido.
  • Que la persona fallecida no tuviera cónyuge, concubina(rio) o hijos con derecho a la pensión.
  • En caso de fallecimiento por una causa distinta a un riesgo de trabajo, la persona asegurada debe haber tenido un mínimo de 150 semanas de cotización y estar vigente en sus derechos.
  • Si el fallecimiento se debió a un riesgo de trabajo, no se exige un mínimo de semanas cotizadas, pero se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3.

Para los padres de una persona pensionada fallecida, también aplican requisitos específicos, como haber contratado el seguro de sobrevivencia y acreditar la dependencia económica.

Documentos requeridos

De la persona asegurada fallecida:

  • Acta de nacimiento, adopción o reconocimiento.
  • Acta de defunción.
  • Estado de cuenta o contrato de la Afore con una antigüedad no mayor a seis meses.

De la persona pensionada fallecida:

  • Acta de defunción.

De la persona pensionada desaparecida:

  • Denuncia ante el Ministerio Público por desaparición de más de un mes.

De la persona solicitante:

  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de domicilio (no mayor a 90 días).
  • Documento bancario con CLABE a nombre del solicitante.
  • Resolución judicial que acredite la dependencia económica.

¿Dónde y cómo realizar el trámite?

El trámite se debe realizar de forma presencial en la Unidad de Medicina Familiar correspondiente al domicilio del solicitante o en la Subdelegación del IMSS de adscripción. El horario de atención es de 08:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.

Para más información, el IMSS pone a disposición el Centro de Contacto en el número 800 623 2323.

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