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Mexicanos rompen récord en presentar su declaración anual

En un solo día, más de un millón de contribuyentes presentaron su declaración anual, cifra que representa un récord para el SAT.
mié 02 abril 2025 02:15 PM
Declaración anual 2025 rompe récord: más de un millón de mexicanos la presentaron el 1 de abril
Las personas físicas tienen todo el mes de abril para presentar su declaración anual de impuestos.

Los contribuyentes mexicanos están decididos a cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales este mes de abril.

Pese a las intermitencias que registró su sitio de internet el 1 de abril, el SAT registró 1.096 millones de declaraciones anuales de personas físicas en las primeras 24 horas de haber iniciado el plazo para cumplir con esta obligación.

Lee: Cómo hacer la declaración anual del SAT

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"Esta cifra histórica supera en 70% a la registrada el mismo día del año anterior, que fue de 643,349", detalló el fisco en un comunicado este miércoles.

Usuarios de redes sociales se quejaron el martes de que la página del SAT tarda en desplegarse y en ocasiones, al acceder al sitio de la declaración desde la pantalla principal, no cargaba.

Los contribuyentes que cotizan en el régimen de personas físicas están obligados a hacer su declaración entre el 1 y 30 de abril.

¿Qué es la declaración anual?

La declaración anual es un informe que los contribuyentes hacen al Servicio de Administración (SAT) sobre sus ingresos, egresos y deducciones que hayan hecho por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el ejercicio fiscal anterior.

Consulta también: Calculadora ISR 2025, conoce tu sueldo real

¿Quiénes deben presentar la declaración anual en abril?

El SAT detalla que deben presentarla las personas físicas que obtuvieron sus ingresos por lo siguiente:

-Sueldos y salarios:*De un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.*Si obtuvieron ingresos distintos a su salario.*Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.*Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener impuestos.*Si obtuvieron ingresos por indemnización.*Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del ISR.*Si la totalidad de sus ingresos anuales excedió los 400,000 pesos.

-Servicios profesionales

Actividades empresariales:*Trabajo en plataformas tecnológicas*Laboró en la región fronteriza*Está dado de alta también en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

-Arrendamiento de bienes inmuebles.

-Enajenación o adquisición de bienes.

-Intereses o dividendos.

Si tus ingresos fueron inferiores a 400,000 pesos en el año, tu patrón es quien hace la declaración por ti.

Si dejas pasar la fecha, puedes recibir multas que van de los 1,400 a los 17,370 pesos por declaración extemporánea.

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