Es común que se relacione a las personas adultas mayores con el trámite del testamento; sin embargo, la edad mínima es a partir de los 16 años en la mayoría de las entidades.(Foto: Expansión )
Septiembre además de ser el mes patrio también es del testamento, lo cual hace recordar la importancia de que este documento sea un trámite indispensable para los hogares mexicanos con el fin de evitar problemas futuros entre los familiares.
Tanto el gobierno federal como autoridades locales realizan jornadas de apoyo para que las personas puedan realizar su testamento. A continuación te damos todos los detalles y qué tipos de bienes puedes dejarles a tus seres queridos.
Publicidad
¿Qué es un testamento?
Es un documento personal, revocable y libre, otorgado ante notario, en el que una persona expresa su voluntad sobre la distribución de su patrimonio. Entre sus características se encuentran que es personal, ya que solo el titular de los bienes puede realizarlo, sin representación.
Es revocable, ya que el último testamento realizado legalmente es válido, invalidando automáticamente los anteriores; sin embargo, se puede cambiar las veces que se requiera, porque también es libre. Otra de sus características es que nadie puede ser obligado otorgar testamento ni a revelar su contenido. En caso de que no haya testamento, pero sí bienes, un juez o el notario determinarán el reparto, explica el Colegio de Notarios de la CDMX.
Lo que debes saber al realizar tu testamento:
-Es personal y libre; solo el titular puede decidir sobre la herencia. -Debe incluirse un inventario detallado de bienes: propiedades, cuentas, inversiones y objetos de valor sentimental. -La edad mínima para otorgar testamento es de 16 años. -Se recomienda designar un albacea, una persona encargado de hacer cumplir la voluntad del testador. -Es importante contemplar cláusulas para situaciones imprevistas, como el fallecimiento prematuro de beneficiarios. -Las deudas pendientes se liquidan con los bienes heredados, por lo que es clave mantener una buena salud financiera.
¿Qué puedo heredar en mi testamento?
Eduardo Yemen, abogado del despacho R&A Rosales y Asociados, comenta en entrevista que en el testamento se puede heredar toda la masa hereditaria (bienes muebles e inmuebles), hacer legados y hasta incluir una inversión digital.
Aclara que para hacer el trámite es recomendable verificar que el testador tiene los bienes a su nombre, así como realizarlo ante una notaría, ya que el precio es menor que si el notario acude al domicilio del interesado.
¿Cómo hacer un testamento?
El testamento se hace ante Notario y no se requieren testigos salvo en casos especiales (no saber/poder firmar, no saber/poder leer, o carecer de la vista o del oído), o si así lo solicita ya sea el interesado o el Notario
La persona que desee hacer su testamento debe tener información de los bienes o activos que desee heredar, como la ubicación exacta del inmueble o identificar con precisión el bien mueble (joyas, autos, libros, etc.) de que se trate, así como el nombre completo de la persona a la que se le otorgará después del fallecimiento del testador.
No es necesario exhibir la escritura de propiedad del bien inmueble, el testador únicamente requiere manifestar a quién o a quiénes designará como herederos.
La adquisición de bienes por herencia no causa impuestos, siempre que estos sean bienes muebles (artículos personales, vehículos, joyas, etc.) o dinero.
En el caso de inmuebles (terrenos, casas, oficinas, etc.) se causa un impuesto por adquirirlos. La adjudicación de estos bienes debe constar ante Notario y el monto depende del valor de los mismos.
¿Qué pasa si mueres intestado?
Entre los riesgos que existen es que se deberá abrir una sucesión por la vía judicial, que es más tardado por los tiempos de los juzgados familiares.
El gobierno federal recuerda que en este paso se convoca a todas aquellas personas que se sientan con derecho a heredar, para hacer la declaración de herederos.
El orden de prelación para heredar es este:
Descendientes
Cónyuge, concubina o concubinario
Ascendientes
Parientes colaterales hasta el cuarto grado
Se designa un albacea.
Se hace un inventario y avalúo de los bienes.
Se administran los bienes y se realiza un proyecto de partición, en el cual se llega a un acuerdo y resolución sobre este.
Se adjudican los bienes a los herederos.
Caravanas itinerantes por algunos municipios del Edomex.(Foto: Gobierno del Estado de México)
El medio especializado abogados.com explica que aunque no se tengan propiedades es importante designar tutores para hijos menores, nombrar un albacea para gestionar los asuntos administrativos y que la ley decida quién recibe qué herencia.
Cada año en septiembre, durante todo el mes, las notarías públicas de México ofrecen un descuento de 50% para la elaboración del testamento. El precio varía dependiendo el estado de la República en el que se habite y para poder consultarlo, el Colegio Nacional del Notariado Mexicano cuenta con un directorio en su página de internet con las notarías públicas por entidad.
Precios de los testamentos en las entidades del país.(Foto: : Gobierno Federal)
¿Las deudas se heredan?
En el texto ¿Por qué es necesario realizar un testamento?, el profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, Miguel Ángel Beltrán, explica que entre los principales inconvenientes para que las personas no hagan su testamento es creer que van a heredar “deudas” o que en caso de ser herederos les van a dejar “puras deudas”.
“Primero se pagan las deudas que haya dejado el autor de la sucesión (difunto). Es muy importante señalar que las deudas se pagan con los bienes que haya dejado. Es decir, yo heredero de mi abuelo, no respondo con mis bienes por las deudas de él. Respondo con los bienes que me dejó; si los que dejó alcanzan para pagar sus deudas, perfecto; si alcanzan para pagar sus deudas y algo sobra, mejor”, aclaró .