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¿Cuánto tiempo te sigue cubriendo el IMSS en atención médica si te quedas sin trabajo?

El IMSS cubre un tiempo adicional de atención médica en caso de que hayas perdido tu empleo formal y seas dado de baja en el Instituto.
mié 10 diciembre 2025 12:35 PM
Si me despidieron o renuncié, ¿cuánto tiempo me sigue cubriendo el IMSS al dejar de trabajar?
Si un asegurado cubrió de manera ininterrumpida un mínimo de ocho cotizaciones semanales antes de perder su trabajo, él y sus beneficiarios conservan el derecho a recibir asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. (IMSS-Bienestar)

Perder un empleo formal también significa dejar atrás algunos derechos, como la cobertura médica en el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS). No obstante, el organismo brinda atención e incluso puede realizar intervenciones quirúrgicas por un tiempo después de ser dado de baja.

Este tiempo puede ser clave para que no pierdas tu cita o estudios.

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¿Aún tengo atención del IMSS si me dan de baja?

Si la persona trabajadora cubrió sin interrupción ocho cotizaciones semanales antes de perder su empleo, el IMSS brindará atención médica durante el mismo periodo posterior a la baja del régimen obligatorio.

Es decir, la persona trabajadora tendrá servicio del IMSS por dos meses después de haber perdido su empleo formal. No solo para la persona asegurada, sino también para sus familiares que fueron designados como beneficiarios.

¿Qué servicios médicos están disponibles?

Además de consultas médicas, el IMSS brindará asistencia de maternidad, farmacéutica, incluso quirúrgica y hospitalaria en las ocho semanas posteriores de la baja.

En caso de tener programada una operación dentro de este periodo, el Instituto podrá realizarla, brindar la hospitalización y medicamentos para su cuidado.

IMSS-Bienestar

¿Qué opciones tengo si no consigo un empleo formal y quiero seguir en el IMSS?

En caso de no obtener un nuevo empleo formal, el cual realiza el registro al régimen obligatorio, el IMSS tiene algunas alternativas para poder cotizar de manera independiente.

El primer caso corresponde al esquema de Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio para Trabajadores Independientes, también conocido como Modalidad 10. Este modelo consiste en realizar las aportaciones al IMSS con cuotas mensuales calculadas según el salario del trabajador.

A cambio, se realizan cotizaciones al Instituto que sirven para obtener seguridad social, aportaciones para la cuenta del Sistema de Ahorro para el Retiro y otras prestaciones. Además, está la opción de también realizar aportaciones a una cuenta al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) para luego acceder a un crédito de vivienda.

Por otro lado, está el esquema de Seguro de Salud para la Familia, o Modalidad 33 del IMSS, que es un tipo de aseguramiento al que se pueden incorporar voluntariamente las personas que no cuenten con un esquema de seguridad social con el pago de cuotas anuales anticipadas.

En este caso, los pagos dependen del rango de edad de la persona que quiera inscribirse. La cuota se cobra por cada miembro que se incorpore. Por ejemplo, si un trabajador de 32 años lo solicita para él y su esposa de 30 años, se tendrá que pagar una anualidad doble entre el rango de esa edad, que son 11,850 pesos, lo que da el total de 23,700 pesos.

La modalidad 33 solo brinda seguros médicos, y no tiene otra cobertura. Cubre asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y maternidad. En el último caso, la atención es desde el embarazo, el parto y el puerperio.

IMSS-Bienestar

Sin embargo, el IMSS no incorpora personas con algunas enfermedades bajo este esquema, como las crónicas denegerativas, enfermedades sistémicas, tumores o con Síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH).

Para estos casos, puede ser mejor otra opción como la modalidad 10.

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