Regímenes de aseguramiento al IMSS
De acuerdo con la Ley de Seguro Social (IMSS), la afiliación al instituto se hace bajo dos regímenes: el Obligatorio y el Voluntario, y de ellos se desprenden diferentes modalidades con esquemas de prestaciones y requisitos diferentes.
Para empezar, ambos regímenes se diferencian por estas características:
Obligatorio: Ocurre cuando una persona es afiliada por su patrón por tener una relación laboral subordinada y remunerada, lo cual obliga el aseguramiento. Hasta diciembre de 2024, esta categoría concentra al 70.8% de la población asegurada.
Voluntario: Sucede cuando es producto de una decisión individual o colectiva para afiliarse al IMSS, mediante el seguro facultativo de estudiantes o por familiares (SSFAM). A diciembre de 2024, 29.2% de los aseguramientos en el Instituto forman parte de esta categoría.
Ambos regímenes tienen varios esquemas de aseguramiento, dependiendo de la situación de las personas: si son trabajadores permanentes o eventuales de la ciudad, del campo, estudiantes o independientes. A esto se le conoce como “modalidades”, y de ellas depende el tipo de seguros o beneficios sociales.
El Régimen Obligatorio contempla las modalidades 10, 12, 14, 17 y 30; mientras que el Voluntario engloba las modalidades 32, 33, 35, 36, 38, 40, 42, 43 y 44.
Modalidades del IMSS y beneficios que cubren
Una vez establecida la diferencia entre regímenes, falta explicar las distintas modalidades o esquemas de aseguramiento de la población, así como sus prestaciones.
Las prestaciones ofrecidas por el IMSS son:
Riesgo de Trabajo (SRT)
Enfermedades y Maternidad (SEM)
Invalidez y Vida (SIV)
Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SRCV)
Guarderías y Prestaciones Sociales (SGPS)
A diciembre de 2024, la modalidad 10 cubría el 97.1% del total de las personas afiliadas al Régimen Obligatorio del IMSS, mientras que el Seguro Facultativo, o modalidad 32, representó el 89.8% del Régimen Voluntario.
El Seguro de Salud para la Familia (modalidad 33), la continuación voluntaria (modalidad 40) y los seguros para trabajadores al servicio de las administraciones pública federal, entidades federativas y municipios (modalidades 36, 38 y 42) abarcan 10.1%.
Hasta diciembre de 2024, la menor afiliación se reporta en patrones, personas físicas, personas trabajadoras independientes y la incorporación voluntaria de personas trabajadoras del campo, quienes, en conjunto, participan con 0.1% del aseguramiento voluntario.
¿Con cuáles me puedo pensionar?
Las modalidades que tienen disponible seguros por retiro (SRCV) son:
Obligatorio
Modalidad 10 - Trabajadores permanentes y eventuales de la ciudad
Modalidad 13 - Trabajadores permanentes y eventuales del campo
Modalidad 14 - Trabajadores eventuales del campo cañero
Modalidad 17 - Reversión de cuotas por subrogación de servicios
Modalidad 30 - Productores de caña de azúcar
Voluntario
Modalidad 35 - Patrones personas físicas con trabajadores a su servicio
Modalidad 40 - Continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio
Modalidad 42 - Trabajadores al servicio de las administraciones pública federal, entidades federativas y municipios
Modalidad 43 - Incorporación voluntaria del campo al Régimen Obligatorio
Modalidad 44 - Trabajadores independientes
¿De qué depende que haya diferencia de beneficios?
La diferencia entre las coberturas y prestaciones son diferentes por las fuentes de financiamiento para cubrirlas. En algunos casos, se realizan mediante aportaciones de las personas empleadoras trabajadores y el Gobierno Federal, y otras recaen más por la persona trabajadora, como la modalidad 33.